Asunto C-103/98 P: Recurso de casación interpuesto el 14 de abril de 1998 por SA Smanor, Hubert y Monique Ségaud contra el auto dictado el 16 de febrero de 1998 por la Sala Segunda del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas, en el asunto T-182/97 promovido contra la Comisión de las Comunidades Europeas

SectionAuto
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

i) es el criterio para determinar la cuantÌa deducible de las cuotas soportadas diferente entre los apartados 2, 3 y 5 del artÌculo 17 (y, si lo fuera, en que' se diferencia), y ii) tiene dicha persona derecho a deducir todas las cuotas soportadas devengadas con respecto a un bien o servicio por haber sido e'ste utilizado como consecuencia de la realizaciÛn de una operaciÛn comprendida en la letra c) del apartado 3 del artÌculo 17? (1 ) Directiva 67/227/CEE del Consejo, de 11 de abril de 1967,

Primera Directiva del Consejo en materia de armonizaciÛn de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios (DO 71 de 14.4.1967, p. 1301; EE 09/01, p. 3).

(2 ) Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977,

Sexta Directiva en materia de armonizaciÛn de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios – Sistema comu'n del Impuesto sobre el Valor Anƒadido: base imponible uniforme (DO L 145 de 13.6.1977, p. 1; EE 09/01, p. 54).

Recurso de casaciÛn interpuesto el 14 de abril de 1998 por SA Smanor, Hubert y Monique Se'gaud contra el auto dictado el 16 de febrero de 1998 por la Sala Segunda del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas, en el asunto T-182/97 promovido contra la ComisiÛn de las Comunidades Europeas (Asunto C-103/98 P) (98/C 166/17) En el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se ha presentado, el 14 de abril de 1998, un recurso de casaciÛn formulado por SA Smanor, Hubert y Monique Se'gaud representados por el Sr. Laurence Roques, Abogado de Val de Marne, que designa como domicilio Cre'teil, 9, rue du Ge'ne'ral de Larminat, contra el auto dictado el 16 de febrero de 1998 por la Sala Segunda del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-182/97 promovido contra la ComisiÛn de las Comunidades Europeas.

Las partes recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas que:

– Declare que el auto del Tribunal de Primera Instancia de 16 de febrero de 1998 adolece de un error manifiesto de apreciaciÛn.

– Declare que la ComisiÛn cometiÛ un error de apreciaciÛn en las conclusiones de su escrito de 21 de mayo de 1997.

– Acoja la solicitud de las partes recurrentes de que se comuniquen a los servicios de la ComisiÛn y del Tribunal de Justicia los documentos que obran en los archivos administrativos franceses, para aportar todas las pruebas en pie de igualdad de armas.

...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT