Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Banco Central Europeo, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones y al Banco Europeo de Inversiones – «Medidas en favor de la estabilidad, el crecimiento y el empleo»[COM(2012) 299 final]

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 44/153

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Banco Central Europeo, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones y al Banco Europeo de Inversiones -

Medidas en favor de la estabilidad, el crecimiento y el empleo

[COM(2012) 299 final]

(2013/C 44/27)

Ponente general: Xavier VERBOVEN

El 14 de agosto de 2012, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Banco Central Europeo, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones y al Banco Europeo de Inversiones - «Medidas en favor de la estabilidad, el crecimiento y el empleo»

COM(2012) 299 final.

El 10 de julio de 2012 la Mesa del Comité encargó al Comité Directivo Europa 2020 la preparación del trabajo del Comité sobre el tema.

En vista del carácter urgente de este dictamen, el Comité Económico y Social Europeo designó a Xavier Verboven como ponente general en su 485 o pleno de los días 12 y 13 de diciembre (sesión del 13 de diciembre de 2012), y aprobó por 114 votos a favor, 40 en contra y 9 abstenciones el presente dictamen.

Recomendaciones

A petición de la Comisión, el Comité Económico y Social Europeo ha decidido emitir un dictamen sobre la Comunicación «Medidas en favor de la estabilidad, el crecimiento y el empleo». El CESE destaca la estrecha interconexión entre estos tres aspectos que requieren, cada uno, responsabilidades específicas de las partes interesadas. El presente dictamen se centra en particular en la responsabilidad común de los interlocutores sociales y la sociedad civil organizada, así como en la contribución que pueden aportar, especialmente, los empresarios y trabajadores. Subraya el papel que pueden desempeñar en la formulación y aplicación de políticas para reactivar el crecimiento económico, crear más y mejores empleos y recuperar la estabilidad finanEl Comité subraya que la participación y la implicación constituyen condiciones esenciales para generar adecuadamente cambios en las políticas y reformas estructurales, darles forma y llevarlos a buen término.

El Comité hace hincapié en que:

- los cambios estructurales en la política socioeconómica pueden cambiar las oportunidades de empleo actuales y futuras entre varios colectivos y tienen muy a menudo un impacto importante en la distribución de la renta;

la concertación social y el diálogo civil refuerzan la credibilidad de las medidas socioeconómicas previstas y su aceptación por parte de la sociedad;

- la participación es también importante para seguir muy de cerca la política llevada a cabo en la práctica y sus resultados, a fin de que las organizaciones de la sociedad civil y los interlocutores sociales puedan evaluarla y, en su caso, dar señales de alerta con anticipación;

- las organizaciones sociales, y en particular los interlocutores sociales, en muchos casos son también los que deben concretar en la práctica las propuestas políticas.

1.2 El Comité reconoce la necesidad de una gobernanza económica europea más fuerte para asegurar que la unión monetaria funcione mejor en beneficio de todos. Al mismo tiempo, sin embargo, señala también la necesidad urgente de extraer lecciones de la realidad. A este respecto, la concertación social y el diálogo con la sociedad civil son indispensables, tanto en el ámbito económico y el de las finanzas públicas como en el de la cohesión social.

1.3 El Comité acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión de crear un cuadro de indicadores sobre el empleo y llevar a cabo un seguimiento estructural de los planes nacionales de empleo. Los interlocutores sociales europeos deberían estar estrechamente involucrados en la creación de este cuadro de indicadores, así como en la definición de los criterios para evaluar los planes nacionales de empleo.

1.4 En lo que respecta a la fijación de los salarios, el Comité llama la atención de la Comisión sobre el hecho de que los salarios y las negociaciones salariales entran en el ámbito de competencia de los interlocutores sociales, tal como se prevé además en el Tratado de la Unión Europea.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 15.2.2013

El Comité, por lo tanto, pide a los responsables políticos europeos que integren estructuralmente la concertación social y la participación de la sociedad civil en los diversos mecanismos políticos de la Estrategia Europa 2020. La experiencia sobre el terreno...

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