Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Calidad de los servicios ferroviarios en la UE» (Dictamen de iniciativa)

SectionDictamen de propia iniciativa

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 44/49

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Calidad de los servicios ferroviarios en la UE» (Dictamen de iniciativa)

(2013/C 44/08)

Ponente: Georges CINGAL

El 12 de julio de 2012, de conformidad con el apartado 2 del artículo 29 de su Reglamento Interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema

Calidad de los servicios ferroviarios en la UE

(dictamen de iniciativa).

La Sección Especializada de Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 26 de noviembre de 2012.

En su 485 o pleno de los días 12 y 13 de diciembre de 2012 (sesión del 13 de diciembre), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 137 votos a favor, 54 en contra y 8 abstenciones el presente Dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

El presente dictamen se refiere a las actividades del transporte de pasajeros por ferrocarril. Está redactado y debe leerse a la luz de los objetivos fijados por el Tratado de Lisboa sobre los servicios de interés general en su artículo 14 y su protocolo n o 26. Sigue las propuestas defendidas por el Libro Blanco sobre transportes, el cual reafirmó la necesidad de cumplir los objetivos de reducción de los gases de efecto invernadero y asegurar una movilidad sostenible que respete el medio ambiente.

Más allá del control del cumplimiento de los objetivos de movilidad que se han fijado a los operadores y de los derechos y deberes de las partes implicadas, el presente dictamen se propone, pues, abordar la cuestión de la accesibilidad de los ciudadanos europeos a los servicios de interés general del transporte por ferrocarril en la Unión y el de la calidad de estos

Dado que la calidad de los servicios de transporte por ferrocarril es una condición necesaria, pero no suficiente en sí misma, para desarrollar este modo de transporte, el CESE considera que se pueden mejorar los resultados para incrementar su atractivo basándose en la observación de la realidad de los diferentes elementos que contribuyen a ella.

El CESE pide que los créditos para inversiones y mantenimiento destinados a infraestructuras sean objeto de una planificación plurianual y de disposiciones destinadas a que dichos fondos sean permanentes. Deben tenerse igualmente en cuenta sus repercusiones para la ordenación del territorio, el mantenimiento de la disponibilidad de las infraestructuras y los fondos necesarios y disponibles a corto y medio plazo.

El CESE pide igualmente a las instancias de la UE, nacionales y regionales que redefinan las condiciones de financiación de las diversas partes de infraestructuras para cumplir los principios de subsidiariedad y reforzar la solidaridad entre les territorios. A este efecto, propugna una reorientación de los

fondos de transporte asignados con cargo a la política regional, que constituye una herramienta con gran efecto multiplicador en lo que a la ordenación del territorio se refiere.

1.6 El CESE pide que se lleve a cabo una encuesta de satisfacción de los usuarios que se base en la apreciación de hechos (puntualidad, regularidad, tarificación, limpieza, accesibilidad, etc. ...) por un organismo independiente a nivel europeo. Esta evaluación deberá realizarse basándose en una metodología definida por un comité de dirección en el que participen todas las partes afectadas (usuarios, autoridades organizadoras, operadores, trabajadores, etc.) y que posea capacidad para llevar a cabo controles.

1.7 El CESE expresa su inquietud ante la voluntad de la Comisión Europea de revisar el Reglamento 1370/2007/CE (sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera), que fue resultado de un difícil consenso a nivel institucional. El CESE precisa que ese reglamento permite un amplio margen de organización a los Estados miembros, en el respeto a...

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