Decisión de la Comisión, de 4 de septiembre de 2009, por la que se da por concluido un procedimiento antidumping relativo a las importaciones de determinados tubos soldados y perfiles huecos, de sección cuadrada o rectangular, de hierro salvo el hierro de fundición o de acero salvo el acero inoxidable, originarios de Belarús, Turquía y Ucrania

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 237/34 Diario Oficial de la Unión Europea 9.9.2009

ES

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 4 de septiembre de 2009

por la que se da por concluido un procedimiento antidumping relativo a las importaciones de determinados tubos soldados y perfiles huecos, de sección cuadrada o rectangular, de hierro salvo el hierro de fundición o de acero salvo el acero inoxidable, originarios de Belarús, Turquía y Ucrania

(2009/698/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 384/96 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Comunidad Europea

( 1 ) («el Reglamento de base»), y, en particular, su artículo 9,

Previa consulta al Comité consultivo,

Considerando lo siguiente:

  1. PROCEDIMIENTO

    1.1. Inicio del procedimiento

    (1) El 13 de noviembre de 2008, de conformidad con el artículo 5 del Reglamento de base, la Comisión inició mediante un anuncio publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea

    ( 2

    ) («anuncio de inicio»), el procedimiento antidumping relativo a las importaciones en la Comunidad de tubos soldados y perfiles huecos, de sección cuadrada o rectangular, de hierro salvo el hierro de fundición o de acero salvo el acero inoxidable («sección hueca»), originarios de Belarús, Turquía y Ucrania («los países en cuestión»).

    (2) El procedimiento se incoó a raíz de una denuncia presentada el 29 de septiembre de 2008 por el Comité de defensa de la industria de los tubos de acero soldados de la Unión Europea («el denunciante») en nombre de productores que representan una proporción importante, en este caso más del 25 %, de la producción comunitaria total de sección hueca. La denuncia incluía indicios razonables de dumping de estos productos originarios de los países en cuestión y del importante perjuicio derivado, que se consideraron suficientes para justificar el inicio de un procedimiento.

    1.2. Partes afectadas y visitas de inspección

    (3) La Comisión comunicó oficialmente el inicio del procedimiento al denunciante, a todos los productores de la Comunidad conocidos, a los importadores/operadores comerciales y usuarios notoriamente afectados, a los pro ductores exportadores, a sus asociaciones y a las autoridades de los países en cuestión y a los productores conocidos del producto similar en el país análogo previsto (EE.UU.). Se ofreció a las partes interesadas la posibilidad de dar a conocer sus puntos de vista por escrito y de solicitar una audiencia en el plazo fijado en el anuncio de inicio. Se concedió una audiencia a todas las partes interesadas que lo solicitaron y demostraron que existían razones específicas por las que debían ser oídas.

    (4) A fin de permitir a los productores exportadores de Belarús que así lo desearan presentar una solicitud de concesión de trato individual (TI), la Comisión envió los formularios oportunos a los productores exportadores notoriamente afectados y a las autoridades de dicho país. Dos grupos de empresas de Belarús solicitaron el TI de conformidad con el artículo 9, apartado 5, del Reglamento de base.

    (5) Habida cuenta del gran número de productores exportadores de Turquía y Ucrania, y de los productores e importadores comunitarios implicados en esta investigación, en el anuncio de inicio se contemplaba la toma de una muestra, de conformidad con el artículo 17 del Reglamento de base. Con objeto de que la Comisión pudiera decidir si era necesario tomar una muestra y, en su caso, seleccionar una, se pidió a los productores exportadores de Turquía y Ucrania, a los productores comunitarios y a los importadores y representantes...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT