Publicación de una solicitud de registro con arreglo al párrafo segundo del apartado 1 del artículo 8 del Reglamento (CEE) nº 2082/92 del Consejo, relativo a la certificación de las características específicas

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

Publicación de una solicitud de registro con arreglo al párrafo segundo del apartado 1 del artículo 8 del Reglamento (CEE) no 2082/92 del Consejo, relativo a la certificación de las características específicas (2005/C 316/07) Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo a los artículos 8 y 9 del citado Reglamento.

Cualquier oposición a esta solicitud debe enviarse a la autoridad competente de un Estado miembro en un plazo de cinco meses a partir de la presente publicación. La publicación está motivada por los elementos que se enumeran a continuación, principalmente los puntos 4.2, 4.3 y 4.4, según los cuales se considera que la solicitud está justificada en virtud del Reglamento (CEE) no 2082/92.

SOLICITUD DE REGISTRO DE UN PRODUCTO ESPECÍFICO REGLAMENTO (CEE) No 2082/92 DEL CONSEJO 'BOERENKAAS' Número CE: NL/00023/25.06.2003

  1. Servicio competente:

    Nombre: Hoofdproductschap Akkerbouw (HPA) Dirección: Postbus 29739

    2502 LS Den Haag Nederland Tel.: 070-370 85 02

    Fax: 070-370 84 44

  2. Agrupación solicitante:

    2.1. Nombre: Bond van Boerderijzuivelbereiders, BBZ (Asociación de fabricantes de productos lácteos de granja) 2.2. Dirección: Apartado de correos 29773

    2502 LT La Haya Nederland Tel.: 070 -- 338 29 60

    Fax: 070 -- 338 28 12

    2.3 Composición: productores/transformadores (X) otros ( ) La Asociación de fabricantes de productos lácteos de granja se propone defender los intereses de los afiliados en tanto que productores lácteos, productores de productos lácteos de granja, en el más amplio sentido de la palabra.

    Los afiliados a la Asociación de fabricantes de productos lácteos de granja (BBZ) son productores de productos lácteos de granja, y transforman la leche de su propio ganado (vacuno, ovino o caprino) en queso y otros productos lácteos. La BBZ cuenta con 420 miembros, de los que más de 350 producen queso de granja.

  3. Tipo de producto:

    Queso de pasta dura o semidura, de leche cruda 4. Descripción del pliego de condiciones:

    (resumen de las condiciones del articulo 6, apartado 2) 4.1. Nombre: 'Boerenkaas' (solo en lengua neerlandesa) 4.2. Método específico de producción o preparación:

    El Boerenkaas es un queso preparado en la granja a partir de leche cruda de vacas, cabras, ovejas o búfalas. Al menos la mitad de la leche debe proceder del ganado propio. Puede añadirse leche de un máximo de dos ganaderos, pero la cantidad añadida en total no puede superar a la cantidad producida en la propia explotación.

    13.12.2005C 316/16 Diario Oficial de la Unión EuropeaES

    Puede utilizarse como materia prima:

    1. leche cruda;

    2. nata o leche desnatada total o parcialmente, obtenida directamente de la leche citada en la letra a);

    3. agua.

      La leche utilizada como materia prima no puede haber sufrido ningún tratamiento térmico de más de 40 °C; la actividad de fosfatasa debe coincidir con la de la leche cruda utilizada como materia prima.

      La leche debe transformarse en queso en el plazo de 40 horas desde el ordeño.

      Aditivos

    4. ...

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