Asunto C-62/99: Petición de decisión prejudicial presentada mediante resolución del Landesarbeitsgericht Düsseldorf, de fecha 21 de enero de 1999, en el asunto entre Comité de Empresa de bofrost Josef H. Boquoi Deutschland West GmbH & Co. KG y bofrost Josef H. Boquoi Deutschland West GmbH & Co. KG

SectionResolution

C 160/2 ES 5.6.1999Diario Oficial de las Comunidades Europeas Guy Charrier), el Tribunal de Justicia, integrado por los Recurso interpuesto el 1 de marzo de 1999 contra la Repu¥blica Federal de Alemania por la Comisio¥ n de lasSres.: G.C. Rodri¥guez Iglesias, Presidente; P.J.G. Kapteyn,

J.-P. Puissochet, G. Hirsch y P. Jann, Presidentes de Sala; Comunidades Europeas G.F. Mancini, J.C. Moitinho de Almeida, C. Gulmann,

J.L. Murray, D.A.O. Edward, H. Ragnemalm, L. Sevo¥n y (Asunto C-71/99)M. Wathelet (Ponente), Jueces; Abogado General: Sr. G. Cosmas; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 5 de marzo de 1999 un auto resolviendo lo siguiente: (1999/C 160/04) 1) Se desestima el recurso de casacio¥n.

En el Tribunal de Justicia se ha presentado el 1 de marzo de2) Se condena al pago de las costas del presente recurso a GuÈrin 1999 un recurso contra la Repu¥blica Federal de Alemaniaautomobiles EURL.

formulado por la Comisio¥n de las Comunidades Europeas, representada por el Sr. Gˆtz zur Hausen, Consejero Juri¥dico (1) DO C 258 de 15.8.1998. del Servicio Juri¥dico de la Comisio¥n Europea y el Sr. Paolo Stancanelli, miembro del Servicio Juri¥dico de la Comisio¥n Europea, en calidad de Agentes, que designan como domicilio en Luxemburgo el despacho del Sr. Carlos Go¥mez de la Cruz, miembro del Servicio Juri¥dico, Centre Wagner, Kirchberg,

Luxemburgo.

Peticio¥ n de decisio¥n prejudicial presentada mediante resolucio¥ n del Landesarbeitsgericht D¸sseldorf, de fecha La parte demandante solicita al Tribunal de Justicia que:21 de enero de 1999, en el asunto entre ComitÈ de Empresa de bofrost(1) Josef H. Boquoi Deutschland West GmbH & Co. KG y bofrost(1) Josef H. Boquoi Deutschland -- declare que la Repu¥blica Federal de Alemania ha incumWest GmbH & Co. KG plido las obligaciones que le incumben derivadas de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992 (Asunto C-62/99) relativa a la conservacio¥n de los ha¥bitats naturales y de la fauna y flora silvestres(1), al no haber notificado a la (1999/C 160/03) Comisio¥n la lista completa de los lugares mencionados en el pa¥rrafo primero del apartado 1 del arti¥culo 4, junto con Al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas le ha la informacio¥n relativa a cada lugar prevista en el pa¥rrafo sido sometida una peticio¥n de decisio¥n prejudicial mediante segundo del apartado 1 del arti¥culo 4;

resolucio¥n del Landesarbeitsgericht D¸sseldorf dictada el 21 de enero de 1999, en el asunto entre ComitÈ de...

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