Sentencia del Tribunal de Justicia de 4 de junio de 2002 en el asunto C-99/00 (Petición de decisión prejudicial del Hovrätten för Västra Sverige): Kenny Roland Lyckeskog ('Cuestiones prejudiciales Obligación de remisión Concepto de órgano jurisdiccional cuyas decisiones no son susceptibles de ulterior recurso judicial de Derecho interno ...

SectionReglamento
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

13.7.2002 ES C 169/7Diario Oficial de las Comunidades Europeas por el Bundesverwaltungsgericht (Alemania), destinada a obte- por el Hovrätten för Västra Sverige (Suecia), destinada a obtener, en el proceso penal seguido ante dicho o´rganoner, en los litigios pendientes ante dicho o´rgano jurisdiccional entre Land Baden-Württemberg y Günther Schilling, con jurisdiccional contra Kenny Roland Lyckeskog, una decisio´n prejudicial sobre la interpretacio´n del arti´culo 234 CE, pa´rrafointervencio´n de: Oberbundesanwalt beim Bundesverwaltungsgericht, y Bezirksregierung Lüneburg y Hans-Otto tercero, y del arti´culo 45, apartado 1, del Reglamento (CEE) no 918/83 del Consejo, de 28 de marzo de 1983, relativo alNehring, con intervencio´n de: Oberbundesanwalt beim Bundesverwaltungsgericht, una decisio´n prejudicial sobre la inter- establecimiento de un régimen comunitario de franquicias aduaneras (DO L 105, p. 1; EE 02/09, p. 276), en su versio´npretacio´n del arti´culo 10, apartado 2, pa´rrafo primero, frases primera y segunda, del Reglamento (CEE) no 3887/92 de la modificada por el Reglamento (CE) no 355/94 del Consejo, de 14 de febrero de 1994 (DO L 46, p. 5), el Tribunal de JusticiaComisio´n, de 23 de diciembre de 1992, por el que se establecen las normas de aplicacio´n del sistema integrado de gestio´n y (), integrado por el Sr. G.C. Rodri´guez Iglesias, Presidente, el Sr. P. Jann, las Sras. F. Macken y N. Colneric y el Sr.control relativo a determinados regi´menes de ayudas comunitarias (DO L 391, p. 36), el Tribunal de Justicia (Sala Sexta), S. von Bahr, Presidentes de Sala, y los Sres. C. Gulmann,

D.A.O. Edward, A. La Pergola, J.-P. Puissochet (Ponente),integrado por la Sra. F. Macken (Ponente), Presidenta de Sala, los Sres. C. Gulmann, R. Schintgen, V. Skouris y J.N. Cunha M. Wathelet, V. Skouris, J.N. Cunha Rodrigues y A. Rosas,

Jueces; Abogado General: Sr. A. Tizzano; Secretario: Sr.Rodrigues, Jueces; Abogado General: Sr. P. Léger; Secretario:

Sr. H.A. Rühl, administrador principal, ha dictado el 16 de R. Grass, ha dictado el 4 de junio de 2002 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:mayo de 2002 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

El arti´culo 10, apartado 2, pa´rrafo primero, frases primera y segunda, del Reglamento (CEE) no 3887/92 de la Comisio´n, de 23 de diciembre de 1992, por el que se establecen las normas de aplicacio´n 1) La obligacio´n impuesta por el arti´culo 234 CE, pa´rrafo tercero, del sistema integrado de gestio´n y...

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