Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Cooperación entre las organizaciones de la sociedad civil y los entes locales y regionales en la integración de los inmigrantes» (Dictamen adicional)

SectionResoluciones, recomendaciones y dictámenes

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 318/69

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Cooperación entre las organizaciones de la sociedad civil y los entes locales y regionales en la integración de los inmigrantes» (Dictamen adicional)

(2011/C 318/11)

Ponente: Luis Miguel PARIZA CASTAÑOS

El 20 de enero de 2011, de conformidad con el artículo 29 A de las normas de desarrollo, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen adicional sobre el tema:

Cooperación entre las organizaciones de la sociedad civil y los entes locales y regionales en la integración de los inmigrantes

.

La Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 27 de junio de 2011.

En su 473 o Pleno de los días 13 y 14 de julio de 2011 (sesión del 13 de julio de 2011), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 119 votos a favor, 1 en contra y 11 abstenciones el presente Dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

En los próximos años va a crecer la movilidad interna de los ciudadanos europeos y la inmigración hacia Europa de nacionales de terceros países. Estos procesos migratorios van a aumentar la diversidad de origen nacional, étnico, religioso y cultural de la UE ( 1

). El aumento de la movilidad y de la inmigración supone un desafío a nivel local y

El Comité Económico y Social Europeo condena las recientes actuaciones que limitan la libertad de circulación dentro del espacio Schengen, y para colaborar con los trabajos del Consejo Europeo del 24 de junio, elaboró un Dictamen ( 2 ).

En la estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, uno de los principios orientadores se refiere a la integración de las personas inmigrantes. El CESE quiere señalar que el crecimiento económico y la creación de empleo, así como la mejora de la formación y de los servicios públicos, facilitan la integración.

Es muy importante que la UE disponga de una buena legislación común para que la gestión de la inmigración se canalice a través de procedimientos legales y transparentes. La legislación común debe estar basada en el respeto a la Carta Europea de los Derechos Fundamentales y al Convenio Europeo de Derechos Humanos, para garantizar a las personas inmigrantes los mismos derechos y obligaciones, la igualdad de trato y la no discriminación en el trabajo y en la sociedad.

En un contexto de crisis económica y social, en toda

la intolerancia, la xenofobia y el racismo, también en las agendas políticas de algunos gobiernos. Las instituciones de la UE deben ser muy activas en la lucha contra la xenofobia y la discriminación hacia los inmigrantes y las minorías visibles, fomentando la igualdad de oportunidades, la cohe

sión y la movilidad social. Los medios de comunicación deben actuar con responsabilidad y pedagogía.

1.5 Las autoridades locales y regionales disponen de instrumentos políticos, normativos y presupuestarios para desarrollar las políticas de integración. En muchas ocasiones las políticas nacionales se dirigen al control de los flujos migratorios pero están muy alejadas del nivel local y regional, que tienen que afrontar el desafío de la integración. Las políticas se han desarrollado de varias maneras: proactivas, preventivas, correctoras o reactivas. Las autoridades locales han superado un enfoque que entendía que la integración es un proceso natural exento de dificultades que no requiere políticas activas y específicas.

1.6 El CESE considera que la integración no es un acto jurídico, sino un complejo proceso social que se desarrolla a largo plazo, con múltiples dimensiones y agentes implicados, especialmente a nivel local. El proceso social de integración se desarrolla en las estructuras de la sociedad y en diversos ámbitos de la vida de las personas: en la familia, en el barrio y en la ciudad, en el trabajo, en la escuela, en el centro de formación, en la universidad, en las asociaciones, en las instituciones religiosas, en los clubes deportivos, etc.

1.7 El proceso social de integración debe estar apoyado en un marco normativo que garantice la «progresiva equiparación de los inmigrantes con el resto de la población, en derechos y deberes, así como su acceso a bienes, servicios, y cauces de participación ciudadana en condiciones de igualdad de oportunidades y trato» ( 3

). El primero de los Principios Básicos Comunes de la política de integración de la Unión Europea ( 4

) dice

que «La integración es un proceso bidireccional y dinámico de ajuste mutuo por parte de todos los inmigrantes y residentes de los Estados miembros» ( 5

).

) DO C 48/6, 15.2.2011.

Dictamen del CESE sobre migración, aún no publicado en el DO.

( 3 ) Dictamen del CESE sobre el tema «La inmigración, la integración y el papel de la sociedad civil organizada» (2002/C 125/21).

( 4 ) Documento del Consejo. 14615/04. Principios Básicos Comunes adoptados por el Consejo y los Representantes de los Estados miembros el 19 de noviembre de 2004.

( 5 ) COM(2005) 389 final. Programa Común para la Integración Marco para la integración de los nacionales de terceros países en la Unión Europea.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 29.10.2011

Las políticas de integración y de inclusión social impulsadas por las administraciones locales y regionales deben dirigirse en varias direcciones ( 6

): a la primera acogida, a la enseñanza de la lengua, las leyes y las costumbres, a la vivienda, a la salud, a la lucha contra la pobreza, a la lucha contra la discriminación, a las políticas de empleo y de formación, a la igualdad de género, a la enseñanza de los menores, a la política familiar, a la política de juventud, a la asistencia sanitaria, a la extensión de los servicios sociales y a facilitar la participación ciudadana. Las administraciones públicas deben tener entre sus empleados personas que reflejen la diversidad étnica y cultural, y los empleados públicos deben recibir formación intercultural. A nivel local y regional se debe promover el diálogo y la colaboración intercultural e interreligiosa.

La gobernanza democrática se basa en el principio de que todos los miembros de la comunidad política deberían poder participar directa e indirectamente en el proceso decisorio gubernativo. Para que las políticas de integración tengan éxito, es necesaria la colaboración activa de la sociedad civil y de las autoridades locales y regionales, en relación con el diseño, la implementación y la evaluación de las políticas de integración.

La sociedad democrática requiere que todas las personas afectadas por la decisión colectiva puedan tener influencia y oportunidad de participar en esas decisiones. Las ciudades multiculturales europeas del siglo XXI tienen que mejorar la democracia a través de la participación de los residentes que tienen restringidos los derechos de participación política: los residentes no comunitarios ( 7 ).

El CESE ha reclamado ( 8 ) la extensión de los derechos de ciudadanía a los nacionales de terceros países que tienen el estatuto de residencia permanente en la UE. Asimismo, reclama políticas nacionales de naturalización que sean más flexibles.

El CESE podría colaborar a poner en marcha las conclusiones de la Conferencia de Zaragoza, a través de un Dictamen sobre los indicadores de ciudadanía activa.

El noveno de los Principios Básicos Comunes «La participación de los inmigrantes en el proceso democrático y en la formulación de las políticas y medidas de integración, especialmente a nivel local, favorece su integración» se ha desarrollado de manera insuficiente en los Estados miembros. En la tercera edición del

9

) (indicadores de integración de 31 países de Europa y Norte América), se concluye que la mayor parte de las personas inmigrantes tienen pocas posibilidades de participación en las políticas que les afectan.

1.14 El CESE considera que se deben poner en marcha políticas de integración de carácter proactivo, con un enfoque bidireccional, dirigido hacia la sociedad de acogida y hacia los inmigrantes, con el objetivo de alcanzar una sociedad en la que todos los residentes, independientemente de su origen, tengan los mismos derechos y las mismas obligaciones, y compartan los valores de las sociedades democráticas, abiertas y plurales.

1.15 En las ciudades...

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