Decisión de la Comisión, de 26 de febrero de 2007, por la que se autoriza una excepción temporal del artículo 4, apartado 3, y del artículo 5, apartado 1, del Reglamento (CE) nº 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las sustancias que agotan la capa de ozono, en lo que se refiere al uso y a la puesta en el mercado de HCFC-225cb...

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

COMISIÓN DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 26 de febrero de 2007 por la que se autoriza una excepción temporal del artículo 4, apartado 3, y del artículo 5, apartado 1, del Reglamento (CE) no 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las sustancias que agotan la capa de ozono, en lo que se refiere al uso y a la puesta en el mercado de HCFC-225cb para la fabricación de fluoropolímeros [notificada con el número C(2007) 556] (El texto en lengua inglesa es el único auténtico) (2007/139/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (1), y, en particular, su artículo 5, apartado 7,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 2037/2000 prohíbe el uso y la puesta en el mercado de los hidroclorofluorocarburos (HCFC).

(2) Una autoridad competente del Reino Unido solicitó el 14 de febrero de 2006 una excepción hasta el 31 de diciembre de 2010, al amparo del artículo 5, apartado 7, del Reglamento (CE) no 2037/2000, en nombre de AGC Chemicals Europe, Ltd.

(3) AGC Chemicals Europe, Ltd. (ASAHI) es un proveedor de la resina fluorada de etileno-tetrafluoroetileno (ETFE), que se utiliza como aislante en cables eléctricos y como materia prima en la producción de películas. La investigación amplia y concienzuda llevada a cabo por ASAHI a fin de encontrar una alternativa al HCFC-225cb que no agote el ozono ha conseguido ya algunos avances. Se ha sugerido como alternativa el metanol, pero el proceso exige aún más investigación y desarrollo antes de que pueda sustituir al HCFC-225cb. Con arreglo al proceso actual, el HCFC-225cb se recicla y el HCFC-225cb sobrante se recupera. Los escapes a la atmósfera se han reducido estrictamente.

(4) La Comisión ha examinado a fondo los aspectos técnicos y económicos de la fabricación de fluoropolímeros para los fines descritos por ASAHI y determinado que no se dispone en este momento de sustancias o tecnologías alternativas técnica y económicamente viables, por lo que la utilización temporal de HCFC-225cb sigue resultando esencial para esta aplicación concreta. Por consiguiente, procede autorizar una excepción temporal para el uso y la puesta en el mercado del HCFC-225cb.

(5) En su solicitud de excepción, ASAHI sugirió una alternativa y se comprometió a...

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