2002/C 277 E/190E-1240/02 de Theresa Zabell a la Comisión Asunto: Compañía de aviación diferente

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

(2002/C 277 E/190) PREGUNTA ESCRITA E-1240/02 de Theresa Zabell (PPE-DE) a la Comisión (30 de abril de 2002) Asunto: Compañía de aviación diferente ¿Podría la Comisión dar su opinión sobre el hecho de que un ciudadano compre un billete de avión de una determinada compañía aérea con un precio específico, en este caso SN Brussels Airlines, y que a la hora de efectuar el viaje y sin comunicación previa, todo sea operado, incluso el avión, por una compañía distinta de aquella a la que se adquirió el billete y que practica unos precios más bajos? Respuesta de la Sra. de Palacio en nombre de la Comisión (14 de junio de 2002) De acuerdo con el artículo 7 del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, relativo al acceso de las compañías aéreas de la Comunidad a las rutas aéreas intracomunitarias (1 ):

Al prestar servicios aéreos, toda compañía aérea comunitaria recibirá autorización del Estado o Estados miembros interesados para combinar servicios aéreos y utilizar el mismo número de vuelo.

Es lo que se denomina 'código compartido'.

El código compartido permite a las compañías ofrecer a los clientes una gama más amplia de servicios que si los prestara todos por sí mismas. No obstante, la Comisión cree firmemente que los pasajeros deben ser informados de la identidad de la compañía aérea operadora cuando reservan el billete, de modo que puedan elegir la compañía con conocimiento de causa. Asimismo, la Comisión cree que debe considerarse la cuestión de qué compañía es legalmente responsable de la ejecución del contrato.

Por lo que se refiere a la información, el Derecho comunitario vigente sobre los sistemas informatizados de reserva (2 ) obliga a los agentes que utilizan dichos sistemas a notificar a los consumidores la compañía aérea realmente encargada del vuelo. Asimismo, numerosas compañías aéreas han firmado y van aplicando progresivamente el Compromiso de Servicio al Pasajero, por el que se comprometen a informarles (entre otras cosas) de la compañía encargada del vuelo. Aún está por ver si esto da resultados satisfactorios. Así...

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