Asunto C-519/11 P: Recurso de casación interpuesto el 11 de octubre de 2011 por ThyssenKrupp Liften BV contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 13 de julio de 2011 en los asuntos acumulados T-144/07, T-147/07, T-148/07, T-149/07, T-150/07 y T-154/07, ThyssenKrupp Liften Ascenseurs y otros/Comisión Europea

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 3.12.2011

Motivos y principales alegaciones

El presente recurso de casación se basa en cuatro motivos: Según el primer motivo, el Tribunal General incurrió en error de Derecho al dar por supuesto que la Comisión no tiene que ejercer sus facultades discrecionales de forma apropiada y al no ejercer un completo control judicial en relación con el ejercicio de las facultades discrecionales de la Comisión al considerar responsable a The Dow Chemical Company. Según el segundo motivo, el Tribunal General incurrió en error de Derecho respecto al distinto tratamiento aplicado a los importes iniciales de la multa. Según el tercer motivo, el Tribunal General incurrió en error de Derecho al confirmar que la Comisión estaba facultada para tener en cuenta la facturación de The Dow Chemical Company. Según el cuarto motivo, el Tribunal General incurrió en error de Derecho al confirmar que la aplicación por la Comisión del factor multiplicador disuasorio no es discriminaRecurso de casación interpuesto el 7 de octubre de 2011

ThyssenKrupp Liften Ascenseurs NV contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 13 julio de 2011 en los asuntos acumulados T-144/07,

T-148/07, T-149/07, T-150/07 y T-154/07, ThyssenKrupp Liften Ascenseurs y otros/Comisión

Europea

(Asunto C-516/11 P)

(2011/C 355/19)

Lengua de procedimiento: neerlandés

ThyssenKrupp Liften Ascenseurs NV (representantes: O.W. Brouwer y J. Blockx, advocaten)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

- Que se anule la sentencia recurrida del Tribunal General de 13 de julio de 2011 en la medida en que dicho Tribunal desestimó los motivos de la recurrente en primera instancia.

Que el Tribunal de Justicia, resolviendo él mismo el litigio, anule la Decisión C(2007) 512 final ( 1

) de la Comisión de 21 de febrero de 2007 en el asunto COMP/E-1/38.823 - Ascensores y escaleras mecánicas, sobre la base de los correspondientes motivos formulados en primera instancia, o reduzca la multa impuesta a ThyssenKrupp Liften Ascenseurs NV.

Con carácter subsidiario, que se reduzca la multa impuesta a la recurrente.

- Con carácter subsidiario de segundo grado, que se devuelva el asunto al Tribunal General.

- Que se condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo del recurso de casación la recurrente alega cuatro

1) Infracción del artículo 81 CE, apartado 1 (actualmente artículo 101 TFUE, apartado 1)...

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