Ayudas estatales Reino Unido Ayuda C 13/02 (ex N 27/02) Exención del impuesto del timbre para los bienes inmuebles no residenciales sitos en regiones desfavorecidas Invitación a presentar observaciones, en aplicación del apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE

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AYUDAS ESTATALES -- REINO UNIDO Ayuda C 13/02 (ex N 27/02) -- Exención del impuesto del timbre para los bienes inmuebles no residenciales sitos en regiones desfavorecidas Invitación a presentar observaciones, en aplicación del apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE (2002/C 102/14) (Texto pertinente a efectos del EEE) Por carta de 27 de febrero de 2002, reproducida en la versión lingüística auténtica en las páginas siguientes al presente resumen, la Comisión notificó al Reino Unido su decisión de incoar el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE en relación con la ayuda antes citada.

Las partes interesadas podrán presentar sus observaciones sobre la ayuda respecto de la cual la Comisión ha incoado el procedimiento en un plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del presente resumen y de la carta siguiente, enviándolas a:

Comisión Europea Dirección General de Competencia Registro de ayudas estatales B-1049 Bruxelles/Brussel Fax (32-2) 296 12 42.

Dichas observaciones serán comunicadas al Reino Unido. La parte interesada que presente observaciones podrá solicitar por escrito, exponiendo los motivos de su solicitud, que su identidad sea tratada confidencialmente.

RESUMEN 1. Por carta de 21 de diciembre de 2001, registrada por la Comisión el 9 de enero de 2002, las autoridades británicas notificaron el régimen de ayudas 'Exención del impuesto del timbre para los bienes inmuebles no residenciales sitos en regiones desfavorecidas'.

  1. Descripción del régimen de ayudas La ayuda notificada consiste en una exención del impuesto del timbre en caso de transmisión de bienes inmuebles no residenciales situados en regiones desfavorecidas. Este impuesto se aplica a los documentos relativos a la compraventa y alquiler de este tipo de bienes. Representa entre el 1 % y el 4 % del precio de compra o entre el 1 % y el 24 % del alquiler medio anual cuando se trata de un contrato de alquiler nuevo. Las regiones que puede acogerse a este régimen se seleccionan teniendo en cuenta una serie de indicadores sociales y económicos. Se han seleccionado unas 2 000 zonas desfavorecidas que representan alrededor del 23 % de la población británica. Este régimen se aplicará a todas las empresas, independientemente de su tamaño y del sector al que pertenezcan. Su coste presupuestario anual se estima en un total de hasta 98 millones de euros.

  2. Carácter de ayuda estatal del régimen Las ayudas previstas por este régimen se conceden por medio de fondos estatales (una exención fiscal) a empresas situadas en determinadas zonas (es decir, solamente en las zonas desfavorecidas predeterminadas). La exención reduce los costes de inversión de las empresas que invierten en bienes inmuebles no residenciales en esas zonas y confiere una ventaja a tales empresas frente a aquellas que invierten en otras zonas. Como la exención se aplica a todas las transmisiones de terrenos y edificios, inevitablemente acabará beneficiando a empresas que participan en el comercio intracomunitario o pertenecen a un sector empresarial en el que haya comercio intracomunitario. Además, no se han fijado límites para las ayudas que pueden recibir las empresas. Por lo tanto, hay que concluir que la exención puede dar lugar a una ayuda que falsee la competencia en el comercio intracomunitario.

    A la vista de ello, la Comisión considera que esta medida constituye una ayuda estatal en el sentido del apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE.

  3. Consideraciones de procedimiento El Reino Unido ha cumplido con los requisitos de procedimiento establecidos en el apartado 3 del artículo 88 del Tratado CE notificando el régimen de ayudas antes de ponerlo en práctica.

    ESC 102/22 Diario Oficial de las Comunidades Europeas 27.4.2002

  4. Evaluación de la compatibilidad de la medida de ayuda El objetivo de la medida es promover el desarrollo y la regeneración de las zonas desfavorecidas del Reino Unido mediante ayudas a la transmisión de bienes inmuebles no residenciales. Las ayudas a la inversión en zonas desfavorecidas están reguladas por las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional (DO C 74 de 10.3.1998, p.

    9), en lo sucesivo denominadas 'Directrices de ayuda regional', así como por las Directrices sobre ayudas estatales a las empresas en zonas urbanas desfavorecidas (DO C 146 de 14.5.1997, p. 6), en lo sucesivo denominadas 'Directrices sobre zonas urbanas desfavorecidas'. Por lo tanto, la Comisión ha examinado la medida a la luz de estas dos Directrices. Al término de este examen, la Comisión tiene las siguientes dudas sobre la compatibilidad de la medida con el mercado común:

    1. La primera se refiere a la cobertura geográfica de la medida. Con arreglo a las normas comunitarias sobre ayudas estatales, las ayudas a la inversión destinadas al desarrollo de zonas desfavorecidas sólo se pueden conceder en regiones que pueda acogerse a ayudas estatales de finalidad regional concedidas en virtud de las letras a) o c) del apartado 3 del artículo 87, tal como se definen en el punto 3 de las Directrices de ayuda regional, o en zonas urbanas desfavorecidas, entendidas tal como están definidas en la sección IV de las Directrices sobre zonas urbanas desfavorecidas.

      El 17 de agosto de 2000, la Comisión aprobó el mapa británico de ayudas regionales (N 265/2000), que indica qué zonas pueden recibir ayuda regional durante el período 2000-2006. La exención del impuesto del timbre se aplicará a una lista de zonas que representan el 23 % de la población británica. De la información facilitada por el Reino Unido se colige que entre el 40 % y el 50 % de las zonas que pueden acogerse a la exención podrían no estar incluidas en el mapa de ayudas regionales. Es cierto que las Directrices sobre zonas urbanas desfavorecidas autorizan unos niveles relativamente altos de ayuda a la inversión en zonas urbanas desfavorecidas situadas fuera de las zonas incluidas en el mapa de ayudas regionales. Pero el punto 8 de estas Directrices dispone que la cobertura de las ayudas concedidas al amparo de las mismas no puede exceder de alrededor del 1 % de la población nacional. Las zonas que pueden beneficiarse de la exención del impuesto del timbre que no están incluidas en el mapa de ayudas regionales representan un porcentaje muy superior al 1 % de la población británica.

      Por consiguiente, a juicio de la Comisión la cobertura geográfica de la exención del impuesto del timbre no es compatible con las citadas Directrices. La Comisión teme que la aprobación de este régimen, que incluye una lista de 'zonas desfavorecidas predeterminadas', se traduzca en una ampliación del mapa británico de ayudas regionales, lo que implicaría un menor grado de concentración de las zonas beneficiarias de ayuda regional, en contra de uno de los principios clave de la política comunitaria de ayuda regional (1).

    2. En virtud tanto de las Directrices de ayuda regional como de las Directrices sobre zonas...

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