Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Directiva del Consejo relativa a un sistema transparente de normas armonizadas para la restricción de la circulación de los vehículos pesados de mercancías que efectúan transportes internacionales por determinadas carreteras»

SectionDirective
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

28.12.98 ES C 407/109Diario Oficial de las Comunidades Europeas Dictamen del ComitÈ Econo¥mico y Social sobre la 'Propuesta de Directiva del Consejo relativa a un sistema transparente de normas armonizadas para la restriccio¥n de la circulacio¥n de los vehi¥culos pesados de mercanci¥as que efectu¥an transportes internacionales por determinadas carreteras'(1) (98/C 407/19) El 8 de junio de 1998, de conformidad con el arti¥culo 75(1) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidio¥ consultar al ComitÈ Econo¥mico y Social sobre la propuesta mencionada.

La Seccio¥n de Transportes y Comunicaciones, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobo¥ su dictamen el 15 de julio de 1998 (ponente: Sr. Wright).

En su 357o Pleno (sesio¥n del 9 de septiembre de 1998), el ComitÈ Econo¥mico y Social ha aprobado por 112 votos a favor, 1 voto en contra y 3 abstenciones el presente Dictamen.

  1. Si¥ntesis de la propuesta de la Comisio¥n -- un sistema de notificacio¥n: la Comisio¥n, basa¥ndose en la informacio¥n facilitada por los Estados miembros, publicara¥ un informe anual sobre las prohibi1.1. La confusio¥n que reina actualmente en el a¥mbito ciones previstas para el an~o siguiente.

de las prohibiciones de circulacio¥n(2) tiene como consecuencia la concentracio¥n del tra¥fico en un nu¥mero de 1.4. Asimismo, se podra¥ prohibir la circulacio¥n noc-di¥as limitado, lo cual aumenta el riesgo de accidentes, turna (entre las 22.00 y las 5.00 horas) de los camionesprovoca la congestio¥n de las carreteras y es perjudicial que superen los niveles ma¥ximos de ruido establecidospara el medio ambiente, consecuencias todas ellas por la UE. Esta¥ prevista una serie de exenciones enopuestas al objetivo de la prohibicio¥n de circulacio¥n de circunstancias excepcionales que justifiquen la prohibi-los camiones.

cio¥n.

1.2. El objetivo de la propuesta de la Comisio¥n 1.5. UnEstadomiembropodra¥ ampliarlaprohibicio¥nconsiste en armonizar las normas a nivel comunitario, en parte de las carreteras de la RTE siempre y cuandocon el fin de que los transportistas puedan optimizar el pueda justificarlo por motivos medioambientales, derecurso a los instrumentos de planificacio¥n logi¥stica seguridad vial o sociales. Se ha establecido un procedi-para organizar sus operaciones de transporte internaciomiento de comitologi¥a para examinar las solicitudes quenal. Las prohibiciones que se establezcan so¥lo se aplicase presenten y se garantiza que la Comisio¥n estudiara¥ra¥n a una red limitada formada por las principales todas las solicitudes en el plazo de dos meses.carreteras internacionales: la red transeuropea de carreteras (RTE). En todas las dema¥s carreteras, y para todo el tra¥fico que no sea internacional, losEstados miembros seguira¥n gozando del derecho a imponer las prohibicio- 2. Observaciones generales nes de circulacio¥n que deseen.

2.1. El ComitÈ acoge favorablemente, aunque con ciertas reservas, la propuesta de Directiva, que sentara¥1.3. En consecuencia, la Comisio¥n propone a los las bases para la creacio¥n y aplicacio¥n de un sistemaEstados miembros que deseen imponer restricciones a equitativo y eficaz de normas armonizadas para lasla circulacio¥n:

restricciones aplicables a los vehi¥culos pesados de mercanci¥as que efectu¥an transportes internacionales por-- una armonizacio¥n de las restricciones horarias del determinadas carreteras.transporte internacional en las carreteras de la RTE:

entre...

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