Asunto C-571/11: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Comercial Cluj (Rumanía) el 14 de noviembre de 2011 — SC Volksbank România SA/Andreia Câmpan y Ioan Dan Câmpan

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 25/35

Petición de decisión prejudicial planteada por el Vestre (Dinamarca) el 14 de noviembre de 2011 -

A/S/Ministeriet for Fødevarer, Landbrug og Fiskeri

(Asunto C-568/11)

(2012/C 25/67)

Lengua de procedimiento: danés

Órgano jurisdiccional remitente

Partes en el procedimiento principal

Agroferm A/S

Ministeriet for Fødevarer, Landbrug og Fiskeri

Cuestiones prejudiciales

Un producto fabricado a partir de azúcar fermentado con la ayuda de la bacteria Corynebacterium glutamicum y que -como se especifica con más detalle en el anexo 1 a la presente resolución- está compuesto aproximadamente por un 65 % de sulfato de lisina, además de por las impurezas derivadas del proceso de fabricación (materias primas no modificadas, reactivos utilizados en el proceso de fabricación y subproductos), ¿queda comprendido en la partida 2309, en la partida 2922 o en la partida 3824 de la Nomenclatura Combinada, en la versión resultante del anexo I del Reglamento (CE) n o 1719/2005 ( 1

) [de la Comisión], de 27 de octubre de 2005, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n o 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero

¿Es relevante en este contexto el hecho de que se hayan mantenido deliberadamente las impurezas con vistas a hacer el producto particularmente adecuado, o para mejorar su adecuación, para la producción de piensos, o que se hayan mantenido las impurezas porque no es necesario ni conveniente eliminarlas? ¿Qué criterios deberían utilizarse para analizar este asunto en cualquier caso dado?

¿Es relevante para la respuesta el hecho de que sea posible fabricar otros productos que contengan lisina, incluida la lisina «pura» (› 98 %) y productos de lisina HCl que tengan un contenido en lisina superior al producto de sulfato de lisina antes descrito, y es relevante en este contexto que la cantidad de sulfato de lisina y otras impurezas contenidas en el producto de sulfato de lisina antes descrito se corresponda con la cantidad contenida en los productos de sulfato de lisina de otros fabricantes? ¿Qué criterios deberían utilizarse para analizar este asunto en cualquier caso dado?

Si se admite que, de conformidad con el principio de legalidad, la producción no estaba comprendida en el régimen de restituciones, ¿sería contrario al Derecho de la Unión Europea que las autoridades nacionales, en observancia de los principios nacionales de seguridad jurídica y de...

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