Asunto C-263/10: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Gorj (Rumanía) el 27 de mayo de 2010 — Iulian Andrei Nisipeanu/Direcția Generală a Finanțelor Publice Gorj, Administrația Finanțelor Publice Târgu Cărbunești, Administrația Fondului Pentru Mediu București

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 28.8.2010

Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Gorj (Rumanía) el 27 de mayo de 2010 - Iulian Andrei Nisipeanu/Direcția Generală a Finanțelor Publice Gorj,

ția Finanțelor Publice Târgu Cărbunești, Administrația Fondului Pentru Mediu București

(Asunto C-263/10)

(2010/C 234/35)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunalul Gorj

Partes en el procedimiento principal

Iulian Andrei Nisipeanu

Direcția Generală a Finanțelor Publice Gorj, Admiia Finanțelor Publice Târgu Cărbunești, Administrația Fondului Pentru Mediu București

Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse el artículo 110 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea en el sentido de que entre los tributos internos discriminatorios que prohíbe se incluye la tasa regulada en la normativa rumana mediante el Decretoo 50, de 25 de abril de 2008, por el que se establece una tasa sobre la contaminación de los vehículos, en su versión modificada por los Decretos-leyes n os 208, de 8 de diciembre de 2008, 218, de 11 de diciembre de 2008, 7, de 19 de febrero de 2009, y 117, de 30 de diciembre de 2009?

¿Permite el artículo 110 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea que Rumanía, a través de su normativa nacional, establezca en el Decreto-ley n o 50/2008, a partir del 1 de julio de 2008, el criterio de «primera matriculación en Rumanía», tal y como figura en el artículo 4, letra a), del citado Decreto? ¿Es el mencionado criterio un requisito objetivo conforme con las disposiciones del Tratado?

¿Autoriza el artículo 110 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea que Rumanía, como Estado miembro de la Unión Europea, aplique a partir del 1 de julio de 2008 la tasa sobre la contaminación a los vehículos de ocasión importados de la Unión Europea o procedentes de adquisiciones intracomunitarias y matriculados por primera vez en Rumanía, eximiendo de su pago a los vehículos de ocasión adquiridos en Rumanía?

4) ¿Permite el artículo 110 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea que Rumanía conceda, con arreglo a la normativa citada, la exención del pago de la tasa sobre la contaminación exclusivamente a los «vehículos M1 con medida de contaminación Euro 4, cuya cilindrada no sea superior a 2 000 centímetros cúbicos y [a] todos los vehículos N1 con medida de...

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