Asunto C-145/06: Petición de decisión prejudicial planteada por la Commissione tributaria di secondo grado di Trento el 17 de marzo de 2006 Fendt Italiana Srl/Agenzia Dogane Ufficio Dogane di Trento

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La demandante sostiene asimismo que, incluso en caso de que el Tribunal de Primera Instancia estuviera autorizado a decidir sobre la cuestión de la similitud entre las marcas controvertidas en contra de los intereses de la demandante, infringió el artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento sobre la marca comunitaria, en la medida en que llevó a cabo una apreciación jurídica incorrecta al determinar que las marcas controvertidas,

OBELIX y MOBILIX, no eran similares, así como al considerar que algunos de los bienes y servicios controvertidos eran similares y otros no.

La demandante alega además que el Tribunal de Primera Instancia infringió el artículo 74 del Reglamento sobre la marca comunitaria al negarse a aceptar que la marca OBELIX goza de notoriedad y tiene un fuerte carácter distintivo.

La demandante aduce que el Tribunal de Primera Instancia infringió el artículo 63 del Reglamento sobre la marca comunitaria y su propio Reglamento de Procedimiento al declarar inadmisible la pretensión de la demandante mediante la que ésta solicitaba la anulación de la resolución impugnada de la Sala de Recurso basándose en que ésta no había aplicado en el caso de autos el artículo 8, apartado 5, del Reglamento sobre la marca comunitaria.

La demandante mantiene también que el Tribunal de Primera Instancia infringió los artículos 44 y 48 de su Reglamento de Procedimiento al declarar inadmisible la pretensión, presentada en la vista con carácter alternativo, de que dicho Tribunal devolviera el asunto a la Sala de Recurso para que la demandante pudiera acreditar la notoriedad de la marca OBELIX.

Finalmente, la demandante sostiene que el Tribunal de Primera Instancia infringió el artículo 63 del Reglamento sobre la marca comunitaria y su propio Reglamento de procedimiento, en particular el artículo 135, apartado 4, en la medida en que declaró inadmisibles determinados documentos que le fueron presentados.

Petición de decisión prejudicial planteada por el Østre Landsret el 16 de marzo de 2006, Olicom A/S/Skatteministeriet (Asunto C-142/06) (2006/C 143/39) Lengua de procedimiento: danés Órgano jurisdiccional remitente Østre Landsret Partes en el procedimiento principal Demandante: Olicom A/S Demandada: Skatteministeriet Cuestiones prejudiciales 1) ¿Debe interpretarse el Anexo 1 del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al Arancel Aduanero Común, en su versión modificada...

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