Asunto C-330/11: Petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen Sad Varna (Bulgaria) el 29 de junio de 2011 — Tsifrova kompania/Nachalnik na Mitnischeski punkt Varna Zapad pri Minitsa Varna

SectionAnuncios

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 252/25

Petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus (Finlandia) el 28 de junio de 2011 - K

(Asunto C-322/11)

(2011/C 252/46)

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Korkein hallinto-oikeus

Partes en el procedimiento principal

K

Varensaajien oikeudenvalvontayksikkö, valtiovarainCuestión prejudicial

¿Deben interpretarse los artículos 63 TFUE y 65 TFUE en el sentido de que se oponen unas normas nacionales, según las cuales los sujetos pasivos por obligación personal en Finlandia no pueden deducir en este Estado las pérdidas derivadas de la cesión de un inmueble sito en Francia de los beneficios imponibles obtenidos en Finlandia por la cesión de acciones, aunque en determinadas circunstancias puedan deducir las pérdidas derivadas de la cesión de un inmueble análogo sito en Finlandia de los beneficios obtenidos de una enajenación?

de decisión prejudicial planteada por el Administrativen Sad Varna (Bulgaria) el 29 de junio de

- Tsifrova kompania/Nachalnik na Mitnischeski punkt Varna Zapad pri Minitsa Varna

(Asunto C-330/11)

(2011/C 252/47)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Administrativen Sad Varna

Partes en el procedimiento principal

Tsifrova kompania

Nachalnik na Mitnischeski punkt Varna Zapad pri

Cuestiones prejudiciales

¿Qué hay que entender por «Internet» a los efectos de las Notas Explicativas de la Nomenclatura Combinada de

Comunidades Europeas para 2009 (Reglamento 1031/2008 de la Comisión, de 19 de septiembre de

1 ) publicadas en el Diario Oficial de 30 de mayo

2008 (C 133, p. 1) (modificación relativa a las

subpartidas 8528 90 00, 8528 71 13 y 8528 71 90), cuando se trata de clasificar una mercancía en el código TARIC 8528 71 13 00?

2) ¿Qué hay que entender por «módem» a los efectos de las Notas Explicativas de la Nomenclatura Combinada de las Comunidades Europeas para 2009 (Reglamento n o 1031/2008 de la Comisión, de 19 de septiembre de 2008), publicadas en el Diario Oficial de 30 de mayo de 2008 (C 133, p. 1) (modificación relativa a las subpartidas 8528 90 00, 8528 71 13 y 8528 71 90), cuando se trata de clasificar una mercancía en el código TARIC 8528 71 13 00?

3) ¿Qué hay que entender por «modulación» y «desmodulación» a los efectos de las Notas Explicativas de la Nomenclatura Combinada de las Comunidades Europeas para 2009 (Reglamento n o 1031/2008 de la Comisión, de 19 de septiembre de 2008), publicadas en el...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT