Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a unas medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas y por el que se deroga la Directiva 2004/67/CE»[COM(2009) 363 final — 2009/0108 (COD)]

SectionActos preparatorios

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 339/49

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a unas medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas y por el que se deroga la Directiva 2004/67/CE»

[COM(2009) 363 final - 2009/0108 (COD)]

(2010/C 339/11)

Ponente: Sergio SANTILLÁN CABEZA

El 4 de septiembre de 2009, de conformidad con el artículo 95 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo de la Unión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Propuesta de Reglamento del Parlamento europeo y del Consejo relativo a unas medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas y por el que se deroga la Directiva 2004/67/CE

COM(2009) 363 final.

El 29 de septiembre de 2009, la Mesa del Comité Económico y Social Europeo encargó a la Sección Especializada de Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información la preparación de los trabajos sobre este asunto.

Dada la urgencia de los trabajos, en su 459a Pleno, de los días 20 y 21 de enero de 2010 (sesión del 20 de enero de 2010), el Comité Económico y Social Europeo ha nombrado ponente general al Sr. SANTILLÁN CABEZA y ha aprobado por 173 votos a favor y 4 abstenciones el presente Dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

sustitución de la actual normativa para garantizar el de gas natural forma parte de un paquete de medidas que se adoptan ante las graves consecuencias de los

de suministro.

CESE aprueba el proyecto de Reglamento para garantizar de gas natural en la UE.

instrumento jurídico escogido para sustituir a la Direc2004/67/CE relativa a unas medidas para garantizar el sumide gas natural

L 127 de 29.4.2004, p. 92.

(1) es acertado, porque permite mayor celeridad y uniformidad en la aplicación. La urgencia y la seriedad problema obligan a los responsables a actuar con la máxima posible en la implementación de medidas para evitar los de suministro.

Destaca el CESE positivamente en la propuesta la concrelas acciones a las que están obligados los responsables medidas preventivas y planes de emergencia

situaciones de crisis) reduciendo el margen de discrecionaliexiste con la Directiva de 2004.

Dado que la atribución de competencias no es suficienteexplícita en la propuesta de la Comisión, sugiere el Comité delimite claramente las que corresponden a autoridades

(Comisión y autoridades competentes nacionales) de las y organizaciones privadas.

CESE llama la atención sobre los derechos de los consuinsuficientemente contemplados en el proyecto, en lo a aspectos como: repercusión del coste de las medidas en clarificación de los conceptos de «cliente doméstico» y protegido», derecho de información en caso de emergen

1.7 Tal como se señala en el punto 5.3, es necesario establecer sanciones para los Estados miembros que no cumplan con las obligaciones relativas a la seguridad de suministro.

1.8 Reclama el CESE que se prevea una protección especial para los clientes domésticos y los pequeños consumidores de gas en casos de emergencia.

1.9 En opinión del CESE, todos los proveedores de servicios deben tener igual nivel de responsabilidad en el suministro acorde con su capacidad, sin admitirse excepciones.

1.10 Los proyectos de gasoductos alternativos (como Nord Stream o Nabucco) aportarán soluciones duraderas en el medio y largo plazo, pero hasta que se produzca la plena vigencia de las medidas previstas en el proyecto de Reglamento es necesario adoptar medidas preventivas para evitar una repetición de la crisis de enero de 2009.

1.11 El CESE destaca la importancia de que se implementen cuanto antes medidas previstas en el Tercer Paquete energético, entre ellas, el establecimiento de Planes de Acción Nacionales sobre Energía para luchar contra la pobreza energética, la independencia de los organismos reguladores y la protección de los usuarios vulnerables.

1.12 El CESE sugiere la conveniencia de abrir un debate sobre la liberalización del mercado energético, que ha sido hasta ahora una política central de la UE, dado que no ha cumplido con el objetivo buscado de diversificar las fuentes de suministro y asegurar el abastecimiento. Además, la liberalización ha producido importantes pérdidas de empleos cualificados.

1.13 Es necesario destacar que la eficacia del proyecto de Reglamento, como las demás medidas que se han aprobado, depende fundamentalmente de la solidaridad y la voluntad de cooperación entre los Estados miembros de la UE.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 14.12.2010 Es, asimismo, importante que se refuercen los poderes de para coordinar las medidas en caso de emergencia...

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