Vacante de Supervisor Europeo de Protección de Datos — COM/2019/20036

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11.4.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea CA 135/1

El puesto de Supervisor Europeo de Protección de Datos se crea por el artículo 52 del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1). Este Reglamento establece los principios, los derechos y las obligaciones según los cuales las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea han de tratar los datos personales a fin de garantizar el respeto de los derechos y las libertades fundamentales de las personas físicas y, en particular, su derecho a la protección de datos personales y la intimidad. El Supervisor Europeo de Protección de Datos (en lo sucesivo, «Supervisor») dirige la autoridad de supervisión independiente que velará por la correcta aplicación de las disposiciones de este Reglamento. El Supervisor actúa con total independencia en el ejercicio de sus funciones.

El presupuesto general de la Unión Europea para 2019 ha consignado créditos para la autoridad de supervisión correspondientes a un presupuesto total de alrededor de 16,6 millones EUR y una plantilla total de aproximadamente 100 personas.

El Supervisor será nombrado para un mandato de cinco años; que se podrá renovar una vez.

Las normas y condiciones generales para el ejercicio de las funciones de Supervisor, incluidos los salarios, asignaciones y demás ventajas de carácter retributivo, se establecen en el artículo 54 del Reglamento (UE) 2018/1725. A este respecto, el puesto de Supervisor se considerará equivalente al de un juez del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (2).

El Supervisor tendrá su sede en Bruselas.

El Supervisor Europeo de Protección de Datos supervisa y garantiza la aplicación del Reglamento (UE) 2018/1725; a tal fin, ejercerá las funciones y competencias establecidas por dicho Reglamento. Además, asesorará a las instituciones y organismos de la Unión Europea, así como a los interesados, sobre cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos personales.

En términos generales, el Supervisor es responsable de velar por que las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea respeten los derechos y las libertades fundamentales de las personas físicas, y en especial su derecho a la protección de datos personales y la intimidad, por lo que respecta al tratamiento de datos personales. Supervisará y garantizará la aplicación de las disposiciones del Reglamento y cualquier otro acto de la Unión Europea relativo a la protección de los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales por parte de una institución, órgano u organismo de la Unión Europea.

— supervisar y garantizar la aplicación del Reglamento (UE) 2018/1725 por parte de las instituciones y organismos de la Unión, con excepción del tratamiento de datos personales por el Tribunal de Justicia cuando actúe en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales;

— promover la sensibilización del público y su comprensión de los riesgos, normas, garantías y derechos en relación con el tratamiento (las actividades dirigidas específicamente a los niños deben ser objeto de especial atención);

— promover la sensibilización de los responsables y encargados del tratamiento acerca de las obligaciones que les incumben en virtud del Reglamento (UE) 2018/1725;

— previa solicitud, facilitar información a cualquier interesado en relación con el ejercicio de sus derechos en virtud del Reglamento (UE) 2018/1725 y, en su caso, cooperar a tal fin con las autoridades de control nacionales;

— tratar las reclamaciones presentadas por un interesado o por un organismo, organización o asociación de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725, e investigar, en la medida oportuna, el motivo...

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