Ayuda estatal — Bélgica — Ayuda estatal SA.14093 (C 76/2002) — Ventajas otorgadas por la Región Valona a Brussels South Charleroi Airport y a la compañía aérea Ryanair — Invitación a presentar observaciones en aplicación del artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (1)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 248/1

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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

COMISIÓN EUROPEA

AYUDA ESTATAL - BÉLGICA

Ayuda estatal SA.14093 (C 76/2002) - Ventajas otorgadas por la Región Valona a Brussels South Charleroi Airport y a la compañía aérea Ryanair - Invitación a presentar observaciones en aplicación del artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2012/C 248/01)

Por carta de 21 de marzo de 2012 reproducida en la versión lingüística auténtica en las páginas siguientes al presente resumen, la Comisión notificó a Bélgica su decisión de ampliar el procedimiento previsto en el artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea incoado por su Decisión SG (2002) D/233141, de 11 de diciembre de 2002, en relación con las medidas antes citadas.

Los interesados podrán presentar sus observaciones sobre las medidas respecto de las cuales la Comisión amplía el procedimiento en un plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del presente resumen y de la carta siguiente, enviándolas a:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia Registro de Ayudas Estatales 1049 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIË

Fax n o : (+32 22964104)

Dichas observaciones se comunicarán a Bélgica. Los interesados que presenten observaciones podrán solicitar por escrito, exponiendo los motivos de su solicitud, que su identidad sea tratada de forma confidencial

PROCEDIMIENTO

A raíz de informaciones publicadas en la prensa belga en julio de 2001 y de una denuncia recibida en enero de 2002, la Comisión interrogó a las autoridades belgas sobre presuntas ventajas concedidas por la Región Valona a la compañía aérea Ryanair para que prestara servicios aéreos en el aeropuerto de Charleroi. El 11 de diciembre de 2002, la Comisión incoó el de investigación formal previsto en el artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) con respecto a esas medidas (en adelante, «la Decisión de incoación») ( 1 ).

La Comisión adoptó una decisión definitiva parcialmente negativa el 12 de febrero de 2004 (en lo sucesivo «la Decisión

definitiva de 2004») ( 2

). Esta Decisión fue anulada por una sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 17 de diciembre de 2008 (en adelante, «la sentencia de 2008») ( 3 ), obligando a la Comisión a adoptar una nueva decisión definitiva relativa al procedimiento incoado.

En este contexto, mediante escrito de 23 de julio de 2010, la Comisión dio a Bélgica, así como a las partes que habían formulado observaciones tras la incoación del procedimiento de investigación formal, la posibilidad de formular nuevas observaciones. En respuesta a la solicitud de la Comisión de 20 de abril de 2011, las autoridades belgas enviaron información adicional por cartas de 14 de julio y de 21 de septiembre de 2011.

) Esta Decisión fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea

(DO C 18 de 25.1.2003, p. 3).

( 2 ) Esta Decisión fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea

(DO C 18 de 30.4.2004, p. 1). ( 3 ) Véase la sentencia T-196/04, Rec. 2008, p. II - 03646 o en http:// curia.europa.eu

ES Diario Oficial de la Unión Europea 17.8.2012

La presente Decisión tiene por objeto ampliar el campo de la pormenorizada abierta el 11 de diciembre de

2002 a las medidas no contempladas por este procedimiento y susceptibles de constituir ayuda estatal en beneficio de BSCA SA, operador del aeropuerto de Charleroi, y de Ryanair.

DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS CON RESPECTO A LAS QUE LA COMISIÓN AMPLÍA EL PROCEDIMIENTO

Les medidas objeto del procedimiento de investigación formal incoado en 2002 se referían a una serie de compromisos de la Región y de BSCA con Ryanair y sus filiales. Al conjunto del dispositivo jurídico cubierto por la Decisión de incoación se denominará en lo sucesivo «los Acuerdos de 2001». Para más detalles sobre estas medidas y los motivos para incoar el procedimiento, remitimos a la Decisión de 2002.

La presente ampliación del procedimiento de investigación formal se refiere, por una parte, a las medidas de las que se ha

BSCA, gestor del aeropuerto, desde 2000 hasta 2011, y posteriormente si procede, a saber:

- La realización y financiación por la Región Valona y la Société Wallonne des Aéroports (en lo sucesivo «Sowaer») ( 1 )

de inversiones para aumentar la capacidad del aeropuerto (alargamiento de la pista, una nueva pista de rodaje, aparcamientos de los aviones, nueva terminal, aparcamientos para vehículos, etc.) por un importe global de 219 millones EUR como mínimo ( 2 ). Desde 2002, Sowaer pone a disposición de BSCA, gestor del aeropuerto mediante un contrato de subconcesión, el conjunto de los terrenos y de las infraestructuras aeroportuarias.

La prestación por parte de Sowaer de diversos servicios en beneficio del gestor del aeropuerto, en concreto la realización del mantenimiento y las reparaciones importantes y el asesoramiento de todo tipo (jurídico, medioambiental, financiero, administrativo, etc.).

En contrapartida de la puesta a disposición de las infraestructuras aeroportuarias y de las diversas prestaciones de servicios, BSCA paga un canon a Sowaer desde 2002. Este canon está compuesto de una parte variable que tiene un límite y de una parte fija; esta última la costea en última instancia la Región Valona, mediante una subvención a BSCA.

La asunción operativa/o financiera por la Región de la totalidad o de una parte de determinados servicios calificados de interés general por las autoridades belgas, como el servicio contra incendios, el servicio técnico de mantenimiento de los edificios, pistas, accesos, caminos, así como el mantenimiento de los terrenos, edificios y equipos de los edificios y

materiales incluidos en la concesión, y desde 2008, el seguimiento y registro de los vuelos, la planificación de los vuelos previstos, la guía en tierra de aeronaves (marshalling) y la seguridad.

- Una ampliación de capital de BSCA suscrita por Sowaer en 2002.

Por otra parte, la investigación formal se hace extensiva a medidas de las que se beneficia Ryanair, a saber:

- El acceso a los servicios aeroportuarios prestados por BSCA, en la medida en que las condiciones de este acceso resulten de ayudas potenciales concedidas a BSCA por la Región y Sowaer que confieran o hayan conferido a Ryanair una ventaja económica no identificada en la Decisión de incoación de 2002.

- El marco comercial provisional concedido en 2004 a Ryanair, los acuerdos sucesivos de 2005 y 2010, así como las condiciones de la transferencia a Ryanair de las partes de la empresa en participación Promocy.

EVALUACIÓN DE LAS MEDIDAS

Por lo que se refiere a las ventajas concedidas a BSCA, la Comisión no puede descartar en esta fase que el conjunto de las medidas en cuestión, las medidas de apoyo a la inversión y las diversas asunciones - financieras y operativas - de servicios relativos a la explotación comercial del aeropuerto constituyen ayudas estatales puesto que contribuyen a rebajar los costes de explotación de BSCA. En particular, la Comisión alberga dudas en cuanto al cumplimiento por parte de las entidades públicas belgas del criterio del inversor prudente en una economía de mercado al conceder estas ventajas.

Sobre la base del artículo 107 del TFUE y de las Directrices comunitarias sobre la financiación de aeropuertos y las ayudas estatales de puesta en marcha destinadas a compañías aéreas que operen desde aeropuertos regionales de 2005 ( 3

), la Comisión expresa sus dudas especialmente sobre la necesidad y la proporcionalidad de las posibles ayudas para la financiación de las infraestructuras del aeropuerto de Charleroi. La Comisión también alberga dudas en cuanto a la compatibilidad con el mercado interior de las posibles medidas de ayuda de funcionamiento de BSCA.

Por lo que se refiere a las ventajas concedidas a Ryanair, a saber: las condiciones en las que Ryanair accede a los servicios aeroportuarios, los sucesivos marcos comerciales y la cesión de la participación de BSCA en Promocy, la Comisión alberga dudas en cuanto a que se haya respetado el criterio del inversor prudente en una economía de mercado. Por tanto, la Comisión no puede descartar la presencia de elementos de ayuda estatal en el conjunto de estas medidas. La Comisión pide a las autoridades belgas y a los terceros interesados que le aporten los datos que le permitan evaluar la calificación de ayuda estatal.

) Desde 2001, Sowaer es la concesionaria de los terrenos del aeropuerto y la propietaria de mayor parte de las infraestructuras aeroportuarias.

) Cifras del programa de inversiones a finales de 2009.

( 3 ) Comunicación de la Comisión de 9 de diciembre de 2005 relativa a las Directrices comunitarias sobre la financiación de aeropuertos y las ayudas estatales de puesta en marcha destinadas a compañías aéreas que operen desde aeropuertos regionales (DO C 312 de 9.12.2005, p. 1), en lo sucesivo, «Directrices de 2005».

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 248/3

Sobre la base del artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE, en esta fase la Comisión alberga dudas sobre la compatibilidad con el mercado interior de las medidas de posible ayuda en beneficio de Ryanair. En especial, la Comisión duda de su necesidad, su proporcionalidad y su efecto incentivador así como del carácter no discriminatorio de su atribución. La Comisión pide a las autoridades belgas información adicional relativa a la com

patibilidad de estas posibles ayudas estatales, en concreto sobre la base de las Directrices de 2005 para las medidas concedidas posteriormente a su entrada en vigor.

De conformidad con el artículo 14 del Reglamento (CE) n o 659/1999 del Consejo, toda ayuda concedida ilegalmente podrá ser recuperada de su beneficiario.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 17.8.2012

TEXTO DE LA CARTA

la présente, la Commission a l'honneur d'informer la Belgique qu'après avoir examiné les informations fournies par...

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