Asunto T-205/12: Recurso interpuesto el 16 de mayo de 2012 — GRE/OAMI — Villiger Söhne (LIBERTE american blend)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 14.7.2012

Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa en color «METRO» para, entre otros, servicios de la clase 36 - solicitud de marca

o 7.585.045

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de La demandante

o signo invocado: Registro de marca comunitaria 7.111.974 de la marca figurativa en color «GRUPOMETROPOLIS», para servicios de la clase 36

Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la opoResolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

Motivos invocados: Infracción del artículo 6 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales; infracción de los artículos 75 y 76 del Reglamento

207/2009 del Consejo, e infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento n o 207/2009 del Consejo.

Recurso interpuesto el 8 de mayo de 2012 - Euro-Link Consultants y European Profiles/Comisión

(Asunto T-199/12)

(2012/C 209/16)

Lengua de procedimiento: inglés

Euro-Link Consultants Ltd (Bucarest) y European Profiles SA (Atenas) (representante: S. Pappas, abogado)

Comisión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de la Delegación de la Unión Europea en Ucrania, de 28 de febrero de 2012, impugnada en el presente recurso, adoptada en el marco de la licitación EuropeAid/131567/C/SER/UA «Proyecto de apoyo y diversificación del turismo de Crimea», así como las decisiones subsiguientes de la misma autoridad y del Director de la DG Desarrollo de la Comisión Europea dictadas en este asunto.

- Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan tres

Primer motivo, basado en la vulneración de los requisitos procedimentales esenciales de motivación, poniendo de manifiesto que la jurisprudencia y la legislación obligan al demandado a que desarrolle con claridad las ventajas de la oferta seleccionada y no que se limite a rebatir las pruebas

presentadas por los demandantes; la buena administración exige que se examinen y se aborden las alegaciones correctamente, tanto más cuanto diversos factores intensifican dicha exigencia.

2) Segundo motivo, basado en la vulneración de los requisitos procedimentales esenciales relativos al respeto del procedimiento aplicable, haciendo hincapié en que el procedimiento de evaluación que siguió la mesa estuvo viciado por irregularidades, de las que tuvo conocimiento la demandada y que no tuvo en cuenta con...

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