Asunto C-552/08 P: Auto del Tribunal de Justicia de 1 de octubre de 2009 — Agrar-Invest-Tatschl GmbH/Comisión de las Comunidades Europeas (Recurso de casación — Código aduanero — Artículo 220, apartado 2, letra b) — Recaudación a posteriori de derechos de importación — No contracción a posteriori de derechos de importación — Aviso a los importadores — Buena fe)

SectionDictámenes

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 11/11

del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 24 de de 2009 - HUP Uslugi Polska sp. z o.o.

HP Temporärpersonalgesellschaft mbH)/ Oficina de Armonización del Mercado interior (Marcas,

Dibujos y Modelos) (OAMI), Manpower Inc.

(Asunto C-520/08 P) ( 1 )

[Recurso de casación - Marca comunitaria - Reglamento

40/94 - Artículo 7, apartado 2, letras b) a d) y g) - Recurso de anulación - Marca denominativa comunitaria I.T.@MANPOWER]

(2010/C 11/18)

Lengua de procedimiento: inglés

HUP Uslugi Polska sp. z o.o. (anteriormente HP Temporärpersonalgesellschaft mbH) (representante: M. Ciresa,

Auto del Tribunal de Justicia de 1 de octubre de 2009 - Agrar-Invest-Tatschl GmbH/Comisión de las Comunidades

Europeas

(Asunto C-552/08 P) ( 1 )

(Recurso de casación - Código aduanero - Artículo 220, apartado 2, letra b) - Recaudación a posteriori de derechos de importación - No contracción a posteriori de derechos de importación - Aviso a los importadores - Buena fe)

(2010/C 11/19)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Agrar-Invest-Tatschl GmbH (representante: O. Wenzlaff, Rechtsanwalt)

Otra parte en el procedimiento: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: S. Schønberg, agente, y B. Wägenbaur, Rechtsanwalt)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava) de 8 de octubre de 2008, Agrar-Invest-Tatschl/Comisión (T-51/07), mediante la que el Tribunal de Primera Instancia desestimó el recurso de anulación parcial de la Decisión C(2006) 5789 final de la Comisión, de 4 de diciembre de 2006, por la que se declara que debe recaudarse a posteriori una parte de los derechos de importación no exigidos a la recurrente por la importación de azúcar procedente de Croacia - Exclusión de la buena fe del deudor en caso de publicación por la Comisión de un anuncio a los importadores - Apreciación errónea de la influencia, en el criterio de la buena fe, de la confirmación a posteriori de la autenticidad y la exactitud de los certificados de origen por la administración aduanera del Estado de exportación

Fallo

1) Desestimar el recurso de casación.

2) Condenar en costas a Agrar-Invest-Tatschl GmbH.

( 1 ) DO C 55, de...

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