Asunto C-455/08: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 23 de diciembre de 2009 — Comisión Europea/Irlanda (Incumplimiento de Estado — Directivas 89/665/CEE y 92/13/CEE — Contratos públicos de suministros y de obras — Procedimiento de recurso contra una decisión de adjudicación de un contrato — Garantía de un recurso efectivo — Plazo mínimo que debe respetarse entre la comunicación de la decisión de adjudicación de un contrato a los licitadores descartados y la firma del acuerdo relativo al citado contrato)

SectionDictámenes

ES Diario Oficial de la Unión Europea 27.2.2010

Petición de decisión prejudicial - Finanzgericht Baden-Württemberg - Interpretación del anexo I del Reglamento (CEE)

2658/87 del Consejo relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común (DO L 256, p. 1) - Partidas 1517 (Margarina; mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites de este capítulo, excepto las grasas y aceites alimenticios y sus fracciones de la partida 1516) y 2016 (Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte) - Parte A, apartado 5, letra b), del título primero de la primera parte del anexo I - Clasificación arancelaria de un preparado de aceite de pescado al que se ha añadido vitamina E, contenido en cápsulas de gelatina, glicerina y agua - Concepto de embalaje.

La Nomenclatura Combinada que figura en el anexo I del Reglamento

o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel aduanero común, en su versión modificada por el Reglamento (CE) n o 2388/2000 de la Comisión, de 13 de octubre de 2000, debe interpretarse en el sentido

- las preparaciones alimenticias presentadas en forma de cápsulas que contienen 600 mg de aceite de pescado concentrado prensado en frío y 22,8 mg de vitamina E concentrada en una cápsula consistente en una envoltura compuesta por 212,8 mg de gelatina, 77,7 mg de glicerol y 159,6 mg de agua purificada, y que cumplen la función de complemento alimenticio;

- las preparaciones alimenticias presentadas en forma de cápsulas que contienen 580 mg de aceite de germen de trigo en una cápsula consistente en una envoltura compuesta por 250 mg de gránulo de almidón y que cumplen la función de complemento alimenticio;

- las preparaciones alimenticias presentadas en forma de cápsulas que contienen 500 mg de aceite de comino negro prensado en frío, 38,7 mg de aceite de soja, 18,8 mg de vitamina E, 16 mg de grasa butírica, 10 mg de lecitina, 8,2 mg de cera, 8 mg de pentotenato cálcico, 0,2 mg de ácido fólico y 0,11 mg de biotina en cápsula consistente en una envoltura compuesta por

313,97 mg de decocción de gelatina (47,3 % de gelatina, 17,2 % de glicerina, 35,5 % de agua), 4,3 mg de una pasta formada por 50 % de dióxido de titanio y 50 % de glicerina, y 1,73 mg de pasta formada por 25 % de amarillo de quinoleína y 75 % de glicerina, y que cumplen la función de complemento...

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