Asunto C-122/09: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 22 de abril de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada por el Symvoulio tis Epikrateias — Grecia) — Enosi Efopliston Aktoploïas y otras/Ypourgos Emporikis Naftilías, Ypourgos Aigaíou [Transporte marítimo — Cabotaje marítimo — Reglamento (CEE) no 3577/92 — Exclusión temporal de la aplicación de dicho Reglamento — Obligación de los Estados miembros de no adoptar, antes de que expire el período de exclusión, disposiciones que puedan comprometer gravemente la aplicación del citado Reglamento]

SectionAnuncios

ES Diario Oficial de la Unión Europea 19.6.2010

Petición de decisión prejudicial - Symvoulio tis Epikrateias - Interpretación del artículo 3, letras a) y b), del Reglamento (CE)

2152/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, sobre el seguimiento de los bosques y de las interacciones medioambientales en la Comunidad (Forest Focus) (DO L 324, p. 1) - Conceptos de «bosque» y de «otras tierras arboladas» - Definiciones divergentes en el Reglamento.

Las disposiciones del artículo 3, letras a) y b), del Reglamento (CE) n o 2152/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, sobre el seguimiento de los bosques y de las interacciones medioambientales en la Comunidad (Forest Focus), que definen, a los efectos de ese Reglamento, los conceptos de «bosque» y de «tierras arboladas» deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a unas disposiciones nacionales que definen de modo distinto esos conceptos respecto a acciones no reguladas por ese Reglamento.

) DO C 102, de 1.5.2009.

Fallo

1) El artículo 14 del Convenio de Asociación entre la Comunidad Económica Europea y los Estados africanos y malgache asociados a dicha Comunidad, firmado en Yaundé el 20 de julio de 1963, no se opone a que un tributo como el introducido por la Ley n o 986/1964, de 9 de octubre de 1964 grave los plátanos procedentes de Somalia.

2) El órgano jurisdiccional nacional no está obligado a examinar los efectos concretos de los aumentos de un tributo sobre las importaciones de plátanos procedentes de Somalia como el establecido por la normativa controvertida en el litigio principal en relación con la situación anterior al 1 de abril de 1976 para apreciar la compatibilidad de dichos aumentos con la cláusula de mantenimiento del «statu quo» que figura en el artículo 1 del Protocolo n o 5, relativo a los plátanos, anexo al Cuarto Convenio ACP-CEE, firmado en Lomé el 15 de diciembre de 1989. No obstante, los aumentos de dicho tributo que se limiten a adaptar éste de modo acorde con la inflación no son contrarios a la citada cláusula.

( 1 ) DO C 129, de 6.6.2009.

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 29 de abril de 2010 (petición de decisión prejudicial planteada el Tribunale di Firenze - Italia) - Camar Srl/

Presidente del Consiglio dei Ministri

(Asunto C-102/09) ( 1 )

(«Acuerdos internacionales - Convenio de Yaundé - Cuarto Convenio ACP-CEE de Lomé - Cláusula de "statu quo" -

Tributo interno - Plátanos»)

...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT