Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

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Issuing OrganizationComisión Europea

ES Diario Oficial de la Unión Europea 28.8.2010

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COMISIÓN EUROPEA

Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 510/2006 del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

(2010/C 233/08)

La presente publicación otorga un derecho de oposición, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n o 510/2006 del Consejo ( 1

). Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación.

DOCUMENTO ÚNICO

REGLAMENTO (CE) N o 510/2006 DEL CONSEJO

ΣΤΑΦΙΔΑ ΗΛΕΙΑΣ

(STAFIDA ILIAS)

N o CE: EL-PGI-0005-0707-27.06.2008

IGP ( X ) DOP ( )

  1. Denominación:

    Σταφίδα Ηλείας

    (Stafida Ilias)

  2. Estado miembro o tercer país:

    Grecia

  3. Descripción del producto agrícola o alimenticio:

    3.1. Tipo de producto:

    Clase 1.6. Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

    3.2. Descripción del producto que se designa con la denominación indicada en el punto 1:

    La «Stafida Ilias» es una variedad de pasa de Corinto procedente de granos de uvas negras de la especie Vitis vinifera, secadas de forma natural al sol o a la sombra. Las características siguientes la distinguen de otras pasas:

    - su grano un poco más redondo, uniforme y su color negro profundo,

    - su contenido más elevado en azúcares y ácido tartárico. En concreto, el contenido mínimo de azúcares es del 70 %, y el de ácido tartárico, del 1,69 %. Los porcentajes de azúcares y ácido tartárico pueden ser mayores en función de las condiciones climáticas,

    ( 1 ) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.

    ES Diario Oficial de la Unión Europea C 233/21

    - su porcentaje de humedad varía entre el 13 y el 18 %, y 100 g de producto contienen de 70 a 80 gramos de glúcidos.

    3.3. Materias primas (únicamente en el caso de los productos transformados):

    -

    3.4. Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal):

    -

    3.5. Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida:

    El cultivo de la «Stafida Ilias», su recolección (vendimia) y su secado se llevan a cabo en la zona geográfica definida de la prefectura de Élide.

    3.6. Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc.:

    -

    3.7. Normas especiales sobre el etiquetado:

    -

  4. Descripción sucinta de la zona geográfica:

    La zona de producción geográficamente definida de la «Stafida Ilias» es la prefectura de Élide...

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