Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

SectionAnuncios
Issuing OrganizationComisión Europea

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 307/21

OTROS ACTOS

COMISIÓN EUROPEA

Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 510/2006 del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

(2010/C 307/10)

La presente publicación otorga un derecho de oposición, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n o 510/2006 del Consejo ( 1

). Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación.

DOCUMENTO ÚNICO

REGLAMENTO (CE) N o 510/2006 DEL CONSEJO

PROSCIUTTO AMATRICIANO

N o CE: IT-PGI-0005-0780-29.06.2009

IGP ( X ) DOP ( )

  1. Denominación:

    Prosciutto Amatriciano

  2. Estado miembro o tercer país:

    Italia

  3. Descripción del producto agrícola o alimenticio:

    3.1. Tipo de producto:

    Clase 1.2 - Productos a base de carne

    3.2. Descripción del producto que se designa con la denominación indicada en el punto 1:

    El Prosciutto Amatriciano IGP, en el momento de su introducción para el consumo, presenta las siguientes características químico-físicas, organolépticas y cualitativas: un porcentaje de humedad no superior al 60 %; un contenido mínimo de proteínas del 25 % de la materia seca; forma de pera a excepción de la pata; una parte frontal caracterizada por una amplia parte descubierta que se extiende en sentido vertical más allá de la mitad de la altura del muslo según un tradicional corte alto; un peso mínimo no inferior a 8 kg al final del período mínimo de curación; un mínimo de 12 meses de curación desde la fecha del primer salado.

    3.3. Materias primas (únicamente en el caso de los productos transformados):

    La materia prima destinada a la producción del Prosciutto Amatriciano IGP está representada exclusivamente por el muslo fresco de cerdos de las razas tradicionales Large White italiana y Landrace italiana, con las mejoras introducidas por el Libro Genealógico Italiano, o hijos de verracos de las mismas razas, o de cerdos hijos de verracos de raza Duroc italiana, con las mejoras introducidas por el Libro Genealógico Italiano, o de cerdos hijos de verracos de otras razas o de verracos híbridos, siempre y cuando procedan de programas de selección o cruce aplicados con finalidades no incompatibles con

    ( 1 ) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.

    ES Diario Oficial de la Unión Europea 12.11.2010

    las mejoras del Libro Genealógico Italiano para la producción del...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT