Anuncio de inicio de una investigación de salvaguardia con arreglo a los Reglamentos (CE) no 260/2009 y (CE) no 625/2009 del Consejo referente a las importaciones de módems para redes inalámbricas de área extensa (wireless wide area networking — WWAN)

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Issuing OrganizationComisión Europea

ES Diario Oficial de la Unión Europea 30.6.2010

V

(Anuncios)

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA COMERCIAL COMÚN

COMISIÓN EUROPEA

Anuncio de inicio de una investigación de salvaguardia con arreglo a los Reglamentos (CE) n o 260/2009 y (CE) n o 625/2009 del Consejo referente a las importaciones de módems para redes inalámbricas de área extensa (wireless wide area networking - WWAN)

(2010/C 171/07)

La Comisión ha recibido una petición del Gobierno belga de conformidad con el artículo 2 de los Reglamentos (CE) n o

1

) y (CE) n o 625/2009 ( 2

) del Consejo («los Reglamentos de salvaguardia»).

La petición se refiere a determinados módems para redes inalámbricas de área extensa (WWAN), equipados con antena de radio, que facilitan la conectividad en protocolo internet (IP) a los aparatos informáticos, entre ellos los routers Wi-Fi con un módem WWAN (routers WWAN/Wi-Fi).

La Comisión ha analizado si se cumplen las condiciones estaen los Reglamentos (CE) n o 260/2009 y (CE) n o

625/2009 para iniciar una investigación.

Petición

En su petición, Bélgica informó a la Comisión de que las tendencias observadas en las importaciones de módems WWAN parecen requerir medidas de salvaguardia y aportó las pruebas disponibles, de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 10 del Reglamento (CE) n o 260/2009 y en el artículo 8 del Reglamento (CE) n o 625/2009.

Producto afectado

El producto en cuestión son determinados módems para redes inalámbricas de área extensa (WWAN), equipados con antena de radio, que facilitan la conectividad en protocolo internet (IP) a los aparatos informáticos, entre ellos los routers Wi-Fi con un módem WWAN (routers WWAN/Wi-Fi) («el producto afectado»).

producto afectado está clasificado en los códigos ex 8517 62 00 y ex 8471 80 00. Estos códigos NC se indican a título meramente informativo.

3. Aumento de las importaciones y perjuicio

Según la denuncia, hay un único productor de la Unión de productos similares o directamente competitivos que está establecido en Bélgica y tiene cierta producción en otros Estados miembros de la Unión.

Bélgica ha facilitado pruebas de que las importaciones en la Unión del producto afectado están aumentando rápidamente tanto en términos absolutos como en relación a la producción y el consumo de la Unión, y, en especial, de que las importaciones han aumentado más de 4 100 puntos porcentuales de 2006 a 2009.

Se ha alegado que los volúmenes y condiciones de las importaciones en cuestión han tenido, entre otras consecuencias, un impacto negativo en los precios de productos similares o directamente competitivos en la Unión, así como en la cuota de mercado, en las cantidades vendidas y en el nivel de precios cobrados por los productores de la Unión ( 3 ), lo que origina un grave perjuicio a dichos productores.

4. Procedimiento

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento (CE) n o 260/2009 y en el...

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