Dictamen del Banco Central Europeo, de 11 de febrero de 2011, acerca de una recomendación de decisión del Consejo sobre las modalidades de renegociación del convenio monetario con el Principado de Mónaco (CON/2011/8)

SectionResoluciones, recomendaciones y dictámenes
Issuing OrganizationBanco Central Europeo

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 60/1

I

(Resoluciones, recomendaciones y dictámenes)

DICTÁMENES

BANCO CENTRAL EUROPEO DICTAMEN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 11 de febrero de 2011

acerca de una recomendación de decisión del Consejo sobre las modalidades de renegociación del convenio monetario con el Principado de Mónaco

(CON/2011/8)

(2011/C 60/01)

Introducción y fundamento jurídico

El 9 de febrero de 2011 el Banco Central Europeo (BCE) recibió del Consejo de la Unión Europea una solicitud de dictamen acerca de una recomendación de decisión del Consejo sobre las modalidades de renegociación del convenio monetario con el Principado de Mónaco ( 1

) (en adelante, el «proyecto de

La competencia consultiva del BCE se basa en el apartado 3 del artículo 219 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. De acuerdo con la primera frase del artículo 17.5 del Reglamento interno del Banco Central Europeo, el presente dictamen ha sido adoptado por el Consejo de Gobierno.

Observaciones generales

El BCE celebra el proyecto de decisión, que, más de 10 años después de la introducción del euro, pretende modificar el convenio monetario con el Principado de Mónaco para garantizar un enfoque más coherente en las relaciones entre la Unión y terceros países.

El BCE aplaude en particular el nuevo método de cálculo del límite máximo de emisión de monedas en euros aplicable al Principado de Mónaco, así como la fijación en el 80 % del porcentaje mínimo de monedas en euros monegascas que deberán ponerse en circulación a su valor nominal.

Sin embargo, el BCE advierte que la terminología del proyecto de decisión, y, consecuentemente, del convenio monetario, debe ajustarse a la evolución legislativa.

En el anexo del presente dictamen figuran las propuestas de redacción específicas, acompañadas de explicaciones, correspondientes a las recomendaciones del BCE encaminadas a modificar el proyecto de decisión.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 11 de febrero de 2011.

El vicepresidente del BCE Vítor CONSTÂNCIO

( 1 ) COM(2011) 23 final.

decisión»).

ES Diario Oficial de la Unión Europea 25.2.2011

ANEXO

Propuestas de redacción

Texto que propone la Comisión Modificaciones que propone el BCE (

1 a modificación

Letra a) del artículo 2

a) El convenio será celebrado entre la Unión, representada por la República Francesa y la Comisión Europea, y el Principado de Mónaco.

a) El convenio será celebrado entre la Unión, representada por la República Francesa y la Comisión Europea...

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