Asunto C-461/09 P: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 9 de julio de 2010 — The Wellcome Foundation Ltd/Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), Serono Genetics Institute SA (Recurso de casación — Marca comunitaria — Marca denominativa FAMOXIN — Solicitud de nulidad del titular de la marca denominativa nacional LANOXIN — Desestimación de la solicitud de nulidad)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 23.10.2010

de decisión prejudicial planteada por la Corte Suprema di Cassazione (Italia) el 31 de agosto de 2010

Banca Antoniana Popolare Veneta spa, de la que parte la Banca Nazionale dell'Agricoltura

spa/Ministero dell'Economia e delle Finanze, Agenzia delle Entrate

(Asunto C-427/10)

(2010/C 288/44)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Corte Suprema di Cassazione

Partes en el procedimiento principal

Banca Antoniana Popolare Veneta spa, de la que forma parte la Banca Nazionale dell'Agricoltura spa

Ministero dell'Economia e delle Finanze, Agenzia delle

Cuestiones prejudiciales

¿Se oponen los principios de efectividad, de no discriminación y de neutralidad fiscal en materia del impuesto sobre el valor añadido a una normativa o praxis nacional que articula el derecho del cesionario o del cliente a la devolución del IVA abonado indebidamente como un pago indebido objetivo de Derecho común -a diferencia de aquel que corresponde al deudor principal (cedente o prestador de los servicios)- con un plazo de prescripción para el primero bastante más largo que el previsto para el segundo, de modo que la solicitud del primero, efectuada una vez transcurrido con creces el plazo previsto para que la formule el segundo, puede dar lugar a una condena de devolución contra este último, sin que éste pueda repetir a su vez contra la Administración tributaria, cuando no se hayan previsto instrumentos de vinculación para evitar conflictos o incompatibilidades entre los procedimientos incoados o que vayan a incoarse ante las distintas jurisdicciones?

margen de lo anterior, ¿resulta conforme con los principios antes citados, una praxis o jurisprudencia nacional que permite que se dicte una sentencia de devolución en contra del cedente o prestador de los servicios y a favor del cesionario o cliente, que no había ejercitado su acción de devolución ante otro juez en los plazos que le resultan aplicables confiando en la interpretación jurisprudencial, aplicada por los órganos administrativos, según la cual la operación estaba sujeta a IVA?

Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 9 de julio de 2010 - The Wellcome Foundation Ltd/Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos...

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