Asunto T-331/10: Recurso interpuesto el 12 de agosto de 2010 — Yoshida Metal Industry/OAMI — Pi-Design (superficie cubierta con círculos negros)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 274/27

En segundo lugar, la demandante alega una vulneración del artículo 239 del Código aduanero comunitario y del principio de proporcionalidad. La Comisión decide que las falsificaciones detectadas de certificados españoles de importación van más allá del riesgo comercial normal y deben considerarse una situación especial. Sin embargo, la demandante niega no haber actuado como un comerciante diligente y, por tanto, que no se cumplan los requisitos del artículo 239 del Código aduanero comunita

En tercer lugar, la Comisión infringe el artículo 239 del Código aduanero comunitario, el artículo 211 del Tratado CE, el principio de confianza legítima y el principio general del Derecho Patere legem quam ipse fecisti. La demandante alega que la Comisión presupone para la demandante normas de diligencia más estrictas de lo que exige la normativa y era usual en el sector, mientras la Comisión y las autoridades españolas no cumplieron sus propias obligaciones legales.

En cuarto lugar, la demandante aduce una vulneración del artículo 239 del Código aduanero comunitario y del principio de igualdad, debido a que la Comisión trató injustificadamente de manera distinta las importaciones de 1998 y las de 1999.

En quinto lugar, la demandante alega una infracción del artículo 220, apartado 2, letra b), del Código aduanero comunitario. Según la demandante, no puede establecerse sin más la falta de error de las autoridades aduaneras españolas en el sentido del artículo 220, apartado 2, letra b).

En sexto lugar, la demandante alega un incumplimiento de los requisitos esenciales de forma y, en particular, una violación de los derechos de defensa de la demandante.

Recurso interpuesto el 12 de agosto de 2010 - Yoshida Metal Industry/OAMI - Pi-Design (superficie cubierta con círculos negros)

(Asunto T-331/10)

(2010/C 274/42)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Yoshida Metal Industry Co., Ltd (Niigata, Japón) (representantes: S. Verea, K. Muraro y M. Balestriero, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Pi-Design AG (Triengen, Suiza)

Pretensiones de la parte demandante

- Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 20 de mayo de 2010, en el asunto R 1235/2008-1.

- Que se confirme la resolución de la División...

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