Case nº C-17/18 of Tribunal de Justicia, Sala Décima, December 19, 2018

Resolution DateDecember 19, 2018
Issuing OrganizationSala Décima
Decision NumberC-17/18

Procedimiento prejudicial - Fiscalidad - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Artículos 19, 29 y 135, apartado 1, letra l) - Transmisión de una universalidad total o parcial de bienes - Exención del arrendamiento de bienes inmuebles - Contrato de arrendamiento de un bien inmueble destinado a una explotación comercial y de los bienes muebles necesarios para dicha explotación - Prestaciones relacionadas con el bien inmueble que dieron lugar a la deducción del IVA - Regularización

En el asunto C-17/18,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Tribunalul Mureș (Tribunal de Distrito de Mureș, Rumanía), mediante resolución de 20 de diciembre de 2017, recibida en el Tribunal de Justicia 9 de enero de 2018, en el proceso penal contra

Virgil Mailat,

Delia Elena Mailat,

Apcom Select SA,

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Décima),

integrado por el Sr. F. Biltgen (Ponente), Presidente de Sala, en funciones de Presidente de la Sala Décima, y el Sr. E. Levits y la Sra. M. Berger, Jueces;

Abogado General: Sra. E. Sharpston;

Secretario: Sr. A. Calot Escobar;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos;

consideradas las observaciones presentadas:

- en nombre del Sr. Mailat, por el Sr. L. Chiriac y la Sra. O.D. Crăciun, avocaţi;

- en nombre de la Sra. Mailat, por los Sres. S. Bogdan y D.-S. Chertes, avocaţi;

- en nombre del Gobierno rumano, inicialmente por el Sr. R.H. Radu, posteriormente por el Sr. C.-R. Canţăr y por las Sras. O.C.-M. Florescu y E. Gane, en calidad de agentes;

- en nombre de la Comisión Europea, por la Sra. A. Armenia y el Sr. R. Lyal, en calidad de agentes;

vista la decisión adoptada por el Tribunal de Justicia, oída la Abogado General, de que el asunto sea juzgado sin conclusiones;

dicta la siguiente

Sentencia

1 La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 19, 29 y 135, apartado 1, letra l), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1; en lo sucesivo, «Directiva IVA»).

2 Esta petición se ha presentado en el contexto de un proceso penal incoado contra el Sr. Virgil Mailat y la Sra. Delia Elena Mailat y contra la sociedad mercantil de la que ambos son administradores, Apcom Select SA, por hechos constitutivos de un delito de evasión fiscal, debido a que, tras haber deducido el impuesto sobre el valor añadido (IVA) soportado por varias obras realizadas en un inmueble destinado a su actividad comercial, no regularizaron ese IVA en el momento de arrendar el inmueble en cuestión y los bienes muebles necesarios para llevar a cabo esa actividad.

Marco jurídico

Derecho de la Unión

3 El artículo 19 de la Directiva IVA es del siguiente tenor:

Los Estados miembros quedan facultados para considerar que la transmisión, a título oneroso o gratuito o bajo la forma de aportación a una sociedad, de una universalidad total o parcial de bienes no supone la realización de una entrega de bienes y que el beneficiario continúa la personalidad del cedente.

Los Estados miembros podrán adoptar las disposiciones necesarias para evitar distorsiones de la competencia siempre que el beneficiario no sea sujeto pasivo total. Podrán asimismo adoptar las medidas necesarias para evitar que la aplicación del presente artículo haga posibles el fraude o la evasión fiscales.

4 El artículo 29 de dicha Directiva dispone que:

El artículo 19 se aplicará en las mismas condiciones a las prestaciones de servicios.

5 A tenor del artículo 135, apartado 1, letra l), de la misma Directiva:

Los Estados miembros eximirán las operaciones siguientes:

[...]

l) el arrendamiento y el alquiler de bienes inmuebles.

Derecho rumano

6 El artículo 149 de la Legea nr. 571/2003 privind Codul fiscal (Ley n.º 571/2003, por la que se establece el Código Tributario), de 23 de diciembre de 2003 (Monitorul Oficial al României, parte I, n.º 927, de 23 de diciembre de 2003), en su versión en vigor en el mes de diciembre de 2007, dispone:

(1) A efectos del presente artículo:

[...]

d) el impuesto deducible correspondiente a los bienes de inversión es el impuesto pagado o devengado correspondiente a toda operación vinculada a la adquisición, fabricación, construcción, transformación o modernización de estos bienes, excluyendo el impuesto pagado o devengado correspondiente a la reparación o al mantenimiento de los citados bienes o el impuesto soportado por la adquisición de las piezas de repuesto destinadas a la reparación o mantenimiento de bienes de inversión.

[...]

(4) La regularización del impuesto deducible contemplado en el apartado 1, letra d), se practicará:

a) en el caso de que el bien de inversión sea usado por el sujeto pasivo:

1. total o parcialmente, para fines distintos de la actividad económica;

2. para la realización de operaciones que no dan derecho a la deducción del impuesto;

3. para la realización de operaciones que dan derecho a la deducción del impuesto en medida distinta de la deducción inicial.

[...]

Litigio principal y cuestiones prejudiciales

7 Apcom Select, administrada por el Sr. y la Sra. Mailat, recepcionó, en mayo de 2007, diversas obras efectuadas en concepto de inversión durante el período 2006-2007 en un inmueble en el que explotaba un restaurante. Esta sociedad procedió a la deducción del IVA correspondiente a dichas obras y al activo inmovilizado y a los bienes vinculados a la explotación del referido restaurante.

8 En diciembre de 2007, esa misma sociedad celebró con otra sociedad mercantil, en el marco de un régimen de exención del pago del IVA, un contrato de arrendamiento del inmueble en cuestión y del activo inmovilizado y los bienes vinculados a la explotación del restaurante. El arrendatario siguió explotando comercialmente el restaurante bajo el mismo nombre comercial. En el momento de la celebración de dicho contrato, el Sr. y la Sra. Mailat no procedieron a la regularización del IVA correspondiente al IVA deducido por las obras efectuadas y por el activo inmovilizado y los bienes vinculados a la explotación del...

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