Case nº T-203/01 of Tribunal de 1ª Instancia de las Comunidades Europeas, September 30, 2003

Resolution DateSeptember 30, 2003
Issuing OrganizationTribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas
Decision NumberT-203/01

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA (Sala Tercera)

de 30 de septiembre de 2003 (1) «Artículo 82 CE - Sistemas de descuentos - Abuso»

En el asunto T-203/01,

Manufacture française des pneumatiques Michelin, con domicilio social en Clermont-Ferrand (Francia), representada por Mes J.-F. Bellis, M. Wellinger, D. Waelbroeck y M. Johnsson, abogados

parte demandante,

contra

Comisión de las Comunidades Europeas, representada por el Sr. É. Gippini Fournier, en calidad de agente, asistido por Me A. Barav, abogado, y posteriormente por el Sr. R. Wainwright, en calidad de agente, asistido por Me A. Barav, abogado,

parte demandada,

apoyada por

Bandag Inc., con domicilio social en Muscatine, Iowa (Estados Unidos), representada por Mes H. Calvet y R. Saint-Esteben, abogados, que designa domicilio en Luxemburgo,

parte coadyuvante,

que tiene por objeto una solicitud de anulación de la Decisión 2002/405/CE de la Comisión, de 20 de junio de 2001, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 82 del Tratado CE (COMP/E-2/36.041/PO - MICHELIN) (DO 2002, L 143, p. 1),

EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS (Sala Tercera),

integrado por los Sres. K. Lenaerts, Presidente, y J. Azizi y M. Jaeger, Jueces;

Secretario: Sr. J. Plingers, administrador;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos y celebrada la vista el 3 de abril de 2003;

dicta la siguiente

Sentencia

1.
Manufacture française de pneumatiques Michelin (en lo sucesivo, «demandante» o «Michelin Francia») se dedica principalmente a la fabricación de neumáticos para vehículos diversos. En Francia, está presente, en particular, en la fabricación y la venta de neumáticos nuevos y recauchutados para vehículos pesados.

2.
Por lo que respecta a los neumáticos nuevos, se distingue entre el mercado de neumáticos de primer equipamiento y el de neumáticos de recambio. La venta de los neumáticos de primer equipamiento (también llamados «de primer montaje») se efectúa sin intermediarios, directamente del fabricante de neumáticos al fabricante de automóviles. En cambio, en el mercado de neumáticos de recambio la venta al consumidor final se realiza principalmente a través de un gran número de empresas comerciales especializadas.

3.
La demanda de neumáticos para vehículos pesados no se cubre solamente con la oferta de neumáticos nuevos. En efecto, cuando las carcasas de los neumáticos gastados siguen en buen estado, es posible montar una nueva banda de rodadura: se trata de la operación de recauchutado.

4.
El presente asunto versa sobre la política comercial que la demandante llevó a cabo, en Francia, en los mercados de neumáticos nuevos de recambio para vehículos pesados, por una parte, y de neumáticos recauchutados para vehículos pesados, por otra. Dicha política comprendía los tres siguientes elementos, que se examinarán de forma detallada a continuación: las «condiciones generales de precios en Francia para los minoristas profesionales», el «convenio para el rendimiento óptimo de los neumáticos para vehículos pesados Michelin» («Convenio PRO») y el «convenio de cooperación profesional y de asistencia y servicio» (denominado «Club de Amigos Michelin»).
  1. Condiciones generales de precios en Francia para los minoristas profesionales

    5.
    Las «condiciones generales de precios en Francia para los minoristas profesionales» (en lo sucesivo, «condiciones generales») comprendían, por una parte, un precio de «tarifa» llamado «baremo de facturación» (baremo neto facturado, sin rebajas ni descuentos) y, por otra parte, un conjunto de rebajas o de descuentos.

    6.
    Entre 1980 y 1996, los descuentos previstos en las condiciones generales se dividían en tres categorías: los «descuentos cuantitativos», los descuentos por la calidad del servicio prestado por el minorista a los usuarios («prima de servicio») y los descuentos en función de los esfuerzos de venta de artículos nuevos («prima de progreso»). Los descuentos no se obtenían «sobre factura», sino que se percibían al final del mes de febrero del año siguiente al período de referencia.

    7.
    El sistema de descuentos cuantitativos contemplaba una bonificación anual expresada como un porcentaje del volumen de negocios realizado con la demandante, cuya cuantía aumentaba progresivamente en función de las cantidades adquiridas. Las condiciones generales preveían, a este respecto, tres escalas diferentes en función de los neumáticos considerados («todas las categorías», «neumáticos para maquinaria pesada de construcción» y «recauchutados»).

    8.
    Por ejemplo, en 1995 la escala «todas las categorías» comprendía 47 niveles. Los porcentajes de descuento iban desde el 7,5 % para un volumen de negocios de 9.000 francos franceses (FRF) hasta el 13 % para un volumen de negocios superior a 22 millones de FRF. Las categorías «neumáticos para maquinaria pesada de construcción» y «recauchutados» tenían cada una su propia «escala». A título de ejemplo, en 1995 los descuentos iban, por lo que respecta a los neumáticos recauchutados, desde el 2 % para un volumen de negocios superior a 7.000 FRF al 6 % para un volumen de negocios que superara los 3,92 millones de FRF.

    9.
    En 1995 y 1996, las condiciones generales preveían, bajo ciertas condiciones, tres anticipos sobre los descuentos cuantitativos pagaderos, respectivamente, en mayo, en septiembre y en diciembre del ejercicio en curso.

    10.
    La «prima de servicio» retribuía al comerciante especializado por la mejora de su equipamiento y de su servicio posventa. Para poder optar a esta prima, era necesario haber realizado un volumen de negocios anual mínimo con la demandante. Esta cifra pasó de 160.000 FRF en 1980 a 205.000 FRF en 1985. Posteriormente, se estableció en 50.000 FRF, y pasó a 45.000 FRF en 1995 y 1996. El tipo de la prima, fijado a principios de año mediante un convenio anual con el minorista en un documento titulado «Prima de servicio», dependía del cumplimiento de los compromisos adquiridos por el minorista en una serie de ámbitos. Cada compromiso tenía asignado un determinado número de puntos, y cuando se superaba una cierta puntuación se tenía derecho a una prima correspondiente a un porcentaje del volumen de negocios de todas las categorías realizado con la demandante. Este porcentaje podía llegar a ser del 1,5 % en el período comprendido entre 1980 y 1991, y del 2,25 % entre 1992 y 1996. La «puntuación» máxima era de 35 puntos y la prima máxima se obtenía a partir de una «puntuación» de 31 puntos sobre 35. Entre los compromisos por los que se podían obtener puntos figuraban el de promover la venta de nuevos productos de la demandante y el de proporcionar información sobre el mercado a la demandante. El minorista obtenía un punto adicional si sistemáticamente recauchutaba las carcasas Michelin en Michelin Francia. En 1996, tan sólo se exigía la realización sistemática en la demandante del primer recauchutado de las carcasas Michelin. La prima de servicio se suprimió en 1997.

    11.
    La «prima de progreso» tenía por objeto recompensar a los minoristas que aceptaban al principio del año comprometerse por escrito a superar una base mínima (expresada en número de cubiertas adquiridas al año), fijada de común acuerdo en función de la actividad previa y de las perspectivas de futuro, y que lograsen sobrepasarla. La base se proponía cada año y era objeto de negociación con el minorista. En 1995 y 1996, la superación de la base en un 20 % o más daba derecho a un porcentaje de descuento del 2 o del 2,5 %, que se aplicaba al volumen de negocios total de neumáticos para vehículos pesados realizado con la demandante.

    12.
    Además, los minoristas que superasen durante dos ejercicios consecutivos un determinado volumen de negocios con la demandante obtenían el derecho a negociar un «convenio de cooperación comercial» (llamado «convenio individual») con la demandante que les permitía obtener descuentos suplementarios. Entre 16 y 18 minoristas importantes firmaron convenios de este tipo entre 1993 y 1996.

    13.
    A partir de 1997, la demandante modificó las condiciones comerciales que aplicaba a los minoristas. Por lo que se refiere a los neumáticos nuevos para vehículos pesados, las principales modificaciones consistieron en la desaparición de los descuentos cuantitativos, la prima de servicio y la prima de progreso, así como la introducción de nuevas categorías de descuentos: los «descuentos sobre factura», la «prima por objetivo alcanzado», los «descuentos de fin de año» y un «descuento multiproducto». Estos descuentos se aplicaron en 1997 y en 1998. Desde 1997, el grueso de los descuentos pagados anteriormente a finales del mes de febrero del año siguiente al período de referencia pasaron a «aplicarse sobre factura».

    14.
    Los «descuentos sobre factura» (entre un 15 y un 19 %) se concedían en función del número de cubiertas nuevas para «camiones, vehículos utilizados en obras públicas o maquinaria ligera de construcción» adquiridas durante el año anterior, de la media de las compras de los dos años anteriores o también de la media de las compras de los tres años anteriores, dependiendo de cuál fuera la opción más favorable para el minorista.

    15.
    Los minoristas que desearan obtener descuentos sobre factura superiores al importe que les habría correspondido en función de sus prestaciones anteriores debían firmar un contrato de objetivos elaborado de acuerdo con la demandante y que tenía en cuenta el potencial del minorista y la evolución previsible del mercado. En ese caso, el descuento sobre factura que podía obtenerse dependía del tramo en el que se situara el compromiso asumido por el minorista.

    16.
    Los minoristas que habían firmado un contrato de objetivos obtuvieron, en 1997, una «prima por objetivo alcanzado» del 2 % sobre el volumen de negocios neto anual facturado, pagada a finales de febrero, si habían alcanzado el objetivo fijado. En 1998, esta...

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