2001/645/EC: Commission Decision of 22 August 2001 accepting undertakings offered in connection with the anti-dumping proceeding concerning imports of polyethylene terephthalate film originating in India and the Republic of Korea (notified under document number C(2001) 2561)

Published date23 August 2001
Subject MatterCommercial policy,Dumping
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 227, 23 August 2001
EUR-Lex - 32001D0645 - ES 32001D0645

2001/645/CE: Decisión de la Comisión, de 22 de agosto de 2001, por la que se aceptan los compromisos ofrecidos en relación con el procedimiento antidumping referente a las importaciones de películas de tereftalato de polietileno originarias de la India y de la República de Corea [notificada con el número C(2001) 2561]

Diario Oficial n° L 227 de 23/08/2001 p. 0056 - 0057


Decisión de la Comisión

de 22 de agosto de 2001

por la que se aceptan los compromisos ofrecidos en relación con el procedimiento antidumping referente a las importaciones de películas de tereftalato de polietileno originarias de la India y de la República de Corea

[notificada con el número C(2001) 2561]

(2001/645/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 384/96 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Comunidad Europea(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2238/2000(2), y, en particular, sus artículos 8 y 9,

Previa consulta al Comité consultivo,

Considerando lo siguiente:

A. PROCEDIMIENTO

(1) Mediante el Reglamento (CE) n° 367/2001(3), la Comisión estableció un derecho antidumping provisional sobre las importaciones en la Comunidad de películas de tereftalato de polietileno originarias de la India y de la República de Corea.

(2) Tras la adopción de las medidas antidumping provisionales, la Comisión continuó la investigación sobre el dumping, el perjuicio y el interés de la Comunidad. Las conclusiones definitivas de la investigación figuran en el Reglamento (CE) n° 1676/2001 del Consejo, de 13 de agosto de 2001, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de películas de tereftalato de polietileno originarias de la India y de la República de Corea(4).

(3) La investigación confirmó las conclusiones provisionales sobre el dumping relativo a las importaciones originarias de la India y de la República de Corea.

B. COMPROMISOS

(4) Posteriormente a la adopción de medidas antidumping provisionales, cinco productores exportadores de la India que cooperaron ofrecieron compromisos relativos a los precios de conformidad con el apartado 1 del artículo 8 del...

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