2002/149/EC: Commission Decision of 30 October 2001 on the State aid awarded by France to the Société nationale maritime Corse-Méditerranée (SNCM) (Text with EEA relevance) (notified under document number C(2001) 3279)

Published date21 February 2002
Date of Signature08 November 2002
Subject Matterconcorrenza,aiuti degli Stati,competencia,ayudas concedidas por los Estados,concurrence,aides accordées par les États,Acuerdo de Asociación,relaciones exteriores,medio ambiente
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 50, 21 febbraio 2002,Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 50, 21 de febrero de 2002,Journal officiel des Communautés européennes, L 50, 21 février 2002,Diario Oficial de la Unión Europea, L 19, 23 de enero de 2003
EUR-Lex - 32002D0149 - ES

2002/149/CE: Decisión de la Comisión, de 30 de octubre de 2001, relativas a las ayudas estatales otorgadas por Francia a la Société nationale maritime Corse-Méditerranée (SNCM) (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2001) 3279]

Diario Oficial n° L 050 de 21/02/2002 p. 0066 - 0091


Decisión de la Comisión

de 30 de octubre de 2001

relativas a las ayudas estatales otorgadas por Francia a la Société nationale maritime Corse-Méditerranée (SNCM)

[notificada con el número C(2001) 3279]

(El texto en lengua francesa es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2002/149/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el primer párrafo del apartado 2 de su artículo 88,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, la letra a) del apartado 1 de su artículo 62,

Tras haber invitado a los interesados a presentar sus observaciones(1) con arreglo al apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE y al apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) n° 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE(2),

Considerando lo siguiente:

1. INTRODUCCIÓN

(1) Los servicios regulares de transporte marítimo entre los puertos franceses del continente y Córcega se efectúan desde 1948 en régimen de servicio público. Desde esa fecha, el Estado francés ha encargado a empresas públicas la gestión de la comunicación marítima con Córcega.

(2) La Société nationale maritime Corse-Méditerranée (SNCM) y la Compagnie méridionale de navigation (CMN) son las concesionarias actuales del servicio en virtud de un convenio suscrito en 1976 por un período de veinticinco años. La autoridad encargada de garantizar el servicio público es, desde 1991, la comunidad territorial de Córcega.

(3) Aparte del servicio público ("red de la concesión"), SNCM realiza asimismo los enlaces marítimos regulares con Argelia y Túnez, así como con Cerdeña durante la temporada de abril a septiembre ("red libre"). Desde 1990, SNCM ofrece, a través de su filial Corsica Marittima, servicios de transporte de pasajeros entre Francia e Italia.

(4) Desde el 1 de enero de 1999, en virtud del Reglamento (CEE) n° 3577/92 del Consejo, de 7 de diciembre de 1992, por el que se aplica el principio de libre prestación de servicios a los transportes marítimos dentro de los Estados miembros (cabotaje marítimo)(3), la libre prestación de servicios regulares de cabotaje con las islas del Mediterráneo (a excepción de las islas griegas) se aplica a todos los armadores comunitarios que explotan buques matriculados en un Estado miembro y arbolan el pabellón correspondiente.

(5) En 1997, 1998 y 2000, la Comisión recibió quejas de operadores privados en relación con las subvenciones abonadas a SNCM en contrapartida por el coste de las obligaciones de servicio público. Estas quejas están motivadas básicamente por:

- la posible utilización de subvenciones públicas para la prestación de servicios de transporte marítimo fuera de la red de la concesión, en particular en los enlaces marítimos internacionales entre Francia e Italia,

- la posible sobrecompensación de los costes ligados a la prestación del servicio público.

(6) Para examinar la información puesta en su conocimiento, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 88 del Tratado, la Comisión ha abierto dos procedimientos de examen, la presente Decisión final, tomada al término de dichos procedimientos, concluye los asuntos C 78/98 y C 14/01.

2. PROCEDIMIENTO

Asunto C 78/98

(7) Los días 5 de febrero de 1997 y 22 de abril de 1998, la Comisión recibió quejas en relación con las ayudas que la compañía Corsica Marittima, filial de SNCM, recibía presuntamente del Estado francés para el transporte de pasajeros entre Francia e Italia en las rutas Génova-Bastia y Livorno-Bastia.

(8) Mediante carta de fecha de 22 de diciembre de 1998, la Comisión comunicó a Francia su decisión de abrir el procedimiento con arreglo al apartado 2 del artículo 88 del Tratado para examinar la compatibilidad de esas ayudas con el mercado común. Mediante carta de 8 de marzo de 1999, las autoridades francesas hicieron llegar sus observaciones sobre esta decisión.

(9) La Decisión de la Comisión se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas(4). A raíz de esta publicación, la Comisión recibió las observaciones de varios operadores privados en competencia con las empresas del grupo SNCM. Estas observaciones fueron remitidas a Francia, a quien se dio la posibilidad de comentarlas.

Asunto C 14/01

(10) A raíz de la apertura del procedimiento anteriormente mencionado, la Comisión recibió nuevas quejas que denunciaban el importe excesivo de las subvenciones en relación con el coste de las obligaciones de servicio público soportadas por SNCM, así como el uso de esta sobrecompensación para financiar las actividades de Corsica Marittima.

(11) Mediante carta de 28 de febrero de 2001, la Comisión comunicó a Francia su decisión de abrir el procedimiento en virtud del apartado 2 del artículo 88 del Tratado para evaluar las medidas de ayuda en compensación por las obligaciones de servicio público soportadas por SNCM.

(12) La Decisión de la Comisión se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas(5). La Comisión recibió las observaciones de dos tercios de los interesados. Las autoridades francesas comunicaron sus observaciones sobre esta decisión y sobre los comentarios de las terceras partes mediante dos cartas fechadas respectivamente el 26 de abril y el 17 de septiembre de 2001. Francia envió información complementaria de tipo contable el 1 de junio de 2001. Los servicios de la Comisión, acompañados de un censor de cuentas independiente, verificaron la información en la sede de SNCM el 2 de julio de 2001.

3. MERCADO EN LITIGIO

(13) El tráfico global aéreo y marítimo entre Córcega y el continente alcanzó, en 1999, 5,509 millones de pasajeros: 3,106 millones en el transporte marítimo y 2,402 millones en el aéreo. El tráfico total entre la Francia continental y Córcega se elevó a casi 1,626 millones de pasajeros y a 1,480 millones de pasajeros en los trayectos internacionales regulares. Nueve compañías marítimas comunicaban la isla con trece puertos continentales (tres puertos franceses: Marsella, Tolón y Niza, y diez puertos italianos). La parte del transporte marítimo de pasajeros correspondiente al servicio público fue de 1,450 millones de pasajeros, 510000 de los cuales con origen o destino en Ajaccio, 584000 con origen o destino en Bastia, 69000 con origen o destino en Calvi, 126000 con origen o destino en l'Île Rousse, 59000 con origen o destino en Porto-Vecchio y 97000 con origen o destino en Propriano. En total, en 1999, en el mercado del transporte de pasajeros, las líneas marítimas entre Córcega y la Francia Continental representaron menos del 30 % del total del tráfico entre el continente (la Francia Continental e Italia) y Córcega.

(14) El tráfico de mercancías efectuado bajo el régimen de continuidad territorial (salvo el cemento y los hidrocarburos) estuvo repartido de forma más o menos igual entre SNCM (transbordadores y buques de carga mixtos) y CMN (buques de carga mixtos). En 1999, el tráfico alcanzó 950000 toneladas netas: 799000 con destino a Córcega y 151000 toneladas con origen en la isla. Este tráfico se repartió básicamente entre Bastia (504000 toneladas) y Ajaccio (306000 toneladas), el tráfico en Porto-Vecchio no superó las 70000 toneladas.

El grupo SNCM

(15) SNCM-Ferryterranée es un grupo empresarial propiedad del Estado (80 % CGMF - 20 % SNCF) compuesto de numerosas filiales en el sector del transporte marítimo(6). Las actividades de transporte de pasajeros y vehículos por un lado, y de carga por otro, de SNCM-Ferryterranée están concentradas en dos grandes redes: la red corsa y la red internacional. Dentro del grupo, SNCM, efectúa el servicio público marítimo (líneas entre el continente francés y Córcega) y la red internacional (líneas entre el continente francés y el Magreb). Dentro del grupo, la SNCM(7) efectúa el servicio público marítimo entre Córcega y el sur de la Francia continental y, por otra parte, el transporte marítimo regular entre Argelia y Túnez y los puertos franceses. En las líneas de temporada, SNCM comunica también con Cerdeña. Las actividades de Corsica Marittima, filial al 95 % de SNCM, se concentran en el transporte de pasajeros entre Francia e Italia en las rutas Génova-Bastia y Livorno-Bastia(8). La flota de SNCM se compone de seis transbordadores de vehículos, tres naves de alta velocidad y cuatro buques mixtos de carga rodada.

(16) En lo que se refiere a las líneas entre Córcega y los puertos franceses del continente, SNCM poseía a fines de 1999 una cuota de mercado del 83 % en el segmento del transporte de pasajeros y del 77 % en el segmento del transporte de mercancías. Según los datos facilitados(9) a la Comisión, SNCM habría perdido, entre 1994 y 1999, más de 10 puntos de cuota de mercado (pasajeros y automóviles) en la red corsa:

>SITIO PARA UN CUADRO>

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(17) La principal particularidad del tráfico marítimo entre Córcega y el continente es el desequilibrio estacional del tráfico de pasajeros que viene marcado por fuertes fluctuaciones entre el período estival y el invernal. Tradicionalmente, los meses de julio y agosto representan casi el 50 % de tráfico anual(10). Se producen asimismo fuertes variaciones durante los períodos de las vacaciones escolares y algunos fines de semana, así como entre el fin de semana en general y el resto de la semana. Además de las variaciones estacionales, hay un desequilibrio entre los dos sentidos del tráfico. Los volúmenes varían enormemente entre el sentido norte-sur y el sur-norte entre el principio y el final de la semana. Esta...

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