2007/149/EC: Council Decision of 5 March 2007 authorising the Deputy Secretary-General of the Council of the European Union to act as representative of certain Member States for the purpose of concluding and managing contracts relating to the provision of services concerning a communication infrastructure for the Schengen environment, pending its migration to a communication infrastructure at the charge of the European Community

Published date08 January 2008
Date of Signature07 December 2007
Subject Mattergiustizia e affari interni,justicia y asuntos de interior,justice et affaires intérieures,Acuerdo de Asociación,relaciones exteriores,legislación veterinaria
Official Gazette PublicationDiario Oficial de la Unión Europea, L 124, 08 de mayo de 2008
L_2007066ES.01001901.xml
6.3.2007 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 66/19

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 5 de marzo de 2007

por la que se autoriza al Secretario General adjunto del Consejo de la Unión Europea a actuar como representante de determinados Estados miembros a efectos de la celebración y gestión de contratos relativos al suministro de servicios referentes a una infraestructura de comunicación para el entorno de Schengen, hasta que finalice su migración a una infraestructura de comunicación a cargo de la Comunidad Europea

(2007/149/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Protocolo por el que se integra el acervo de Schengen en el marco de la Unión Europea, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, su artículo 7,

Considerando lo siguiente:

(1) El Consejo autorizó al Secretario General adjunto del Consejo, mediante la Decisión 1999/870/CE (1), para celebrar y gestionar, en nombre de algunos Estados miembros, el contrato relativo a la instalación y al funcionamiento de la infraestructura de comunicación para el entorno de Schengen «SISNET».
(2) El contrato de SISNET celebrado sobre la base de dicha autorización expirará automáticamente el 13 de noviembre de 2008 y no podrá renovarse o prorrogarse mediante negociación directa con el actual contratista.
(3) Los Estados miembros afectados han manifestado la necesidad de que el actual contrato de SISNET vaya seguido de un nuevo contrato y han solicitado al Secretario General adjunto del Consejo que los represente en relación con la ejecución de las medidas preparatorias necesarias, así como con la celebración y gestión de ese nuevo contrato de SISNET.
(4) El ejercicio de estas funciones por parte del Secretario General adjunto del Consejo en nombre de determinados Estados miembros constituye una función distinta de las que ejerce el Secretario General adjunto en virtud de las obligaciones que le imponen el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y el Tratado de la Unión Europea.
(5) Conviene, por lo tanto, asignar esta nueva función al Secretario General adjunto mediante decisión explícita del Consejo.
(6) Dicho procedimiento de licitación conlleva algunos riesgos ajenos al control del Consejo y de los Estados miembros, el Consejo de 15 de febrero de 2007 también pide a la Comisión que presente propuestas
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