2008/968/EC: Commission Decision of 12 December 2008 authorising the placing on the market of arachidonic acid-rich oil from Mortierella alpina as a novel food ingredient under Regulation (EC) No 258/97 of the European Parliament and of the Council (notified under document number C(2008) 8080)

Published date20 December 2008
Subject Mattermaterias grasas,productos alimenticios,Mercado interior - Principios,grassi,alimentari,Mercato interno - Principi,matières grasses,denrées alimentaires,Marché intérieur - Principes
Official Gazette PublicationDiario Oficial de la Unión Europea, L 344, 20 de diciembre de 2008,Gazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 344, 20 dicembre 2008,Journal officiel de l’Union européenne, L 344, 20 décembre 2008
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20.12.2008 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 344/123

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 12 de diciembre de 2008

relativa a la autorización de comercialización de aceite rico en ácido araquidónico procedente de la Mortierella alpina como nuevo ingrediente alimentario con arreglo al Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo

[notificada con el número C(2008) 8080]

(El texto en lengua inglesa es el único auténtico)

(2008/968/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 1997, sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios (1), y, en particular, su artículo 7,

Considerando lo siguiente:

(1) El 18 de junio de 1999, la empresa Abbott Laboratories (ahora Suntory Limited, Japón) realizó una petición a las autoridades competentes de los Países Bajos para comercializar el aceite rico en ácido araquidónico procedente de la Mortierella alpina como nuevo ingrediente alimentario.
(2) El 19 de octubre de 2005, las autoridades competentes de los Países Bajos emitieron su informe de evaluación inicial. En dicho informe se llegó a la conclusión de que el aceite rico en ácido araquidónico procedente de la Mortierella alpina puede ser utilizado de forma segura en preparados para lactantes y preparados para prematuros.
(3) El 17 noviembre 2005, la Comisión transmitió a todos los Estados miembros el informe de evaluación inicial.
(4) En el plazo de 60 días previsto en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (CE) no 258/97, se presentaron objeciones fundamentadas a la comercialización del producto, con arreglo a lo establecido en dicho apartado.
(5) Por consiguiente, el 26 de junio de 2007 se consultó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).
(6) El 10 de julio de 2008, la EFSA aprobó el dictamen de la Comisión técnica científica de productos dietéticos, nutrición y alergias que había solicitado la Comisión con respecto a la seguridad del aceite procedente del hongo Mortierella alpina.
(7) En el dictamen, la EFSA llegó a la conclusión de que el aceite procedente del hongo Mortierella alpina es una fuente segura de ácido araquidónico susceptible de utilizarse en preparados para lactantes y preparados de continuación.
(8) Los anexos I y II de la Directiva 2006/141/CE de la
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