2008/968/EC: Commission Decision of 12 December 2008 authorising the placing on the market of arachidonic acid-rich oil from Mortierella alpina as a novel food ingredient under Regulation (EC) No 258/97 of the European Parliament and of the Council (notified under document number C(2008) 8080)
Published date | 20 December 2008 |
Subject Matter | materias grasas,productos alimenticios,Mercado interior - Principios,grassi,alimentari,Mercato interno - Principi,matières grasses,denrées alimentaires,Marché intérieur - Principes |
Official Gazette Publication | Diario Oficial de la Unión Europea, L 344, 20 de diciembre de 2008,Gazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 344, 20 dicembre 2008,Journal officiel de l’Union européenne, L 344, 20 décembre 2008 |
20.12.2008 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | L 344/123 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 12 de diciembre de 2008
relativa a la autorización de comercialización de aceite rico en ácido araquidónico procedente de la Mortierella alpina como nuevo ingrediente alimentario con arreglo al Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo
[notificada con el número C(2008) 8080]
(El texto en lengua inglesa es el único auténtico)
(2008/968/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 1997, sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios (1), y, en particular, su artículo 7,
Considerando lo siguiente:
(1) | El 18 de junio de 1999, la empresa Abbott Laboratories (ahora Suntory Limited, Japón) realizó una petición a las autoridades competentes de los Países Bajos para comercializar el aceite rico en ácido araquidónico procedente de la Mortierella alpina como nuevo ingrediente alimentario. |
(2) | El 19 de octubre de 2005, las autoridades competentes de los Países Bajos emitieron su informe de evaluación inicial. En dicho informe se llegó a la conclusión de que el aceite rico en ácido araquidónico procedente de la Mortierella alpina puede ser utilizado de forma segura en preparados para lactantes y preparados para prematuros. |
(3) | El 17 noviembre 2005, la Comisión transmitió a todos los Estados miembros el informe de evaluación inicial. |
(4) | En el plazo de 60 días previsto en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (CE) no 258/97, se presentaron objeciones fundamentadas a la comercialización del producto, con arreglo a lo establecido en dicho apartado. |
(5) | Por consiguiente, el 26 de junio de 2007 se consultó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). |
(6) | El 10 de julio de 2008, la EFSA aprobó el dictamen de la Comisión técnica científica de productos dietéticos, nutrición y alergias que había solicitado la Comisión con respecto a la seguridad del aceite procedente del hongo Mortierella alpina. |
(7) | En el dictamen, la EFSA llegó a la conclusión de que el aceite procedente del hongo Mortierella alpina es una fuente segura de ácido araquidónico susceptible de utilizarse en preparados para lactantes y preparados de continuación. |
(8) | Los anexos I y II de la Directiva 2006/141/CE de la |
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