2010/631/EU: Council Decision of 13 September 2010 concerning the conclusion, on behalf of the European Union, of the Protocol on Integrated Coastal Zone Management in the Mediterranean to the Convention for the Protection of the Marine Environment and the Coastal Region of the Mediterranean

Published date23 October 2010
Subject Matterrelazioni esterne,ambiente,relaciones exteriores,medio ambiente,relations extérieures,environnement
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 279, 23 ottobre 2010,Diario Oficial de la Unión Europea, L 279, 23 de octubre de 2010,Journal officiel de l’Union européenne, L 279, 23 octobre 2010
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23.10.2010 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 279/1

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 13 de septiembre de 2010

sobre la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo relativo a la gestión integrada de las zonas costeras del Mediterráneo al Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo

(2010/631/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 192, apartado 1, leído en relación con su artículo 218, apartado 6, letra a),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa aprobación del Parlamento Europeo,

Considerando lo siguiente:

(1) El Convenio para la protección del Mar Mediterráneo contra la contaminación, denominado posteriormente Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo (denominado en lo sucesivo «el Convenio de Barcelona») se celebró en nombre de la Comunidad Europea mediante las Decisiones 77/585/CEE (1) y 1999/802/CE (2) del Consejo.
(2) El artículo 4, apartado 3, letra e), del Convenio de Barcelona obliga específicamente a las partes a fomentar una gestión integrada de las zonas costeras, teniendo en cuenta la protección de las zonas de interés ecológico y paisajístico y el uso racional de los recursos naturales.
(3) La Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2002, sobre la aplicación de la gestión integrada de las zonas costeras en Europa (3), y, en particular, su capítulo V, alienta la aplicación, por parte de los Estados miembros, de la gestión integrada de las zonas costeras en el marco de los convenios vigentes con los Estados vecinos, incluidos los Estados que no son miembros de la Unión Europea, ribereños del mismo mar regional.
(4) La Unión Europea fomenta la gestión integrada a gran escala mediante instrumentos horizontales, incluso en el ámbito de la protección del medio ambiente, así como la creación de una base científica sólida gracias a sus programas de investigación. Por lo tanto, estas actividades contribuyen a la gestión integrada de las zonas costeras.
(5) La gestión integrada de las zonas costeras forma parte de la Política Marítima Integrada de la UE, tal como fue aprobada por el Consejo Europeo celebrado en Lisboa los días 13 y 14 de diciembre de 2007, y también se trata pormenorizadamente en la
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