Decisión de Ejecución de la Comisión, de 21 de septiembre de 2011, por la que se establece el cuestionario que se utilizará en los informes sobre la aplicación de la Directiva 2000/76/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la incineración de residuos [notificada con el número C(2011) 6504]

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 247/54 Diario Oficial de la Unión Europea 24.9.2011

ES

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 21 de septiembre de 2011

por la que se establece el cuestionario que se utilizará en los informes sobre la aplicación de la Directiva 2000/76/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la incineración de residuos

[notificada con el número C(2011) 6504]

(Texto pertinente a efectos del EEE) (2011/632/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2000/76/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de diciembre de 2000, relativa a la incineración de residuos

( 1 ), y, en particular, su artículo 15,

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 2000/76/CE obliga a los Estados miembros a informar cada tres años sobre la aplicación de dicha Directiva utilizando un cuestionario elaborado por la Comisión.

(2) La Comisión ha confeccionado dos cuestionarios. El segundo, establecido mediante la Decisión 2010/731/UE de la Comisión

( 2

), cubría los años 2009, 2010 y 2011.

(3) Como el cuestionario establecido mediante la Decisión 2010/731/UE debe utilizarse para informar hasta el 31 de diciembre de 2011, debe elaborarse un nuevo cuestionario para el próximo período de tres años, teniendo en cuenta la experiencia adquirida en la aplicación de la Directiva 2000/76/CE y en el uso de los cuestionarios anteriores. No obstante, dado que la Directiva 2000/76/CE quedará derogada a partir del 7 de enero de 2014 y será sustituida por la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación)

( 3

cuestionario solo deberá cubrir dos años: 2012 y 2013. Por motivos de claridad, es preciso sustituir la Decisión 2010/731/UE.

(4) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité creado en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Directiva 91/692/CEE del Consejo

( 4 ).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1
  1. Los Estados miembros utilizarán el cuestionario establecido en el anexo para presentar información sobre la aplicación de la Directiva 2000/76/CE.

  2. Los informes abarcarán el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2013.

Artículo 2

Queda derogada, con efectos a partir del 1 enero 2013, la Decisión 2010/731/UE.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 21 de septiembre de 2011.

Por la Comisión Janez POTOČNIK Miembro de la Comisión

), el nuevo

( 1 ) DO L 332 de 28.12.2000, p. 91.

( 2 ) DO L 315 de 1.12.2010, p. 38.

( 3 ) DO L 334 de 17.12.2010, p. 17.

( 4 ) DO L 377 de 31.12.1991, p. 48.

ES

24.9.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 247/55

ANEXO

Cuestionario sobre la aplicación de la Directiva 2000/76/CE, relativa a la incineración de residuos Observaciones generales

Este tercer cuestionario referente a la Directiva 2000/76/CE abarca los años 2012 y 2013. Habida cuenta de la experiencia extraída de la aplicación de la Directiva y de la información ya obtenida mediante los anteriores cuestionarios, el presente cuestionario se centra en los cambios y progresos realizados por los Estados miembros en la aplicación efectiva de la Directiva. Dado que la Directiva 2000/76/CE quedará derogada a partir del 7 de enero de 2014 y será sustituida por la Directiva 2010/75/UE, sobre las emisiones industriales, el período de referencia no es de tres años, sino que se limita a dos.

A fin de garantizar la continuidad y de permitir comparaciones directas con las anteriores respuestas, el presente cuestionario no altera el enfoque general contenido en la Decisión 2010/731/UE. Cuando las preguntas formuladas sean similares a las del cuestionario anterior, las respuestas pueden remitir simplemente a las anteriores, siempre que la situación no haya experimentado cambios. Cuando se hayan registrado novedades, estas deberán describirse en una nueva respuesta.

  1. Número de instalaciones y de autorizaciones

    1.1. Indique los datos que se especifican a continuación acerca del número de instalaciones (desglosado por instalaciones de incineración e instalaciones de coincineración) situadas bajo el ámbito de aplicación de la Directiva 2000/76/CE, de...

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