Introducción

AuthorEduardo Berché Moreno
ProfessionCatedrático de Derecho Financiero y Tributario, Facultad de Derecho de ESADE-URL
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Probablemente el lector se preguntará el motivo por el que se recoge en esta obra el estudio de dos materias tales como las Aduanas y los Impuestos Especiales. A continuación intentaremos dar luz a este planteamiento.

En primer lugar, el objetivo de esta obra es presentar al lector los aspectos tributarios básicos tanto del mundo de las Aduanas como de los Impuestos Especiales.

Con relación a los Impuestos Especiales, no ha sido tarea difícil, en el sentido de que los Impuestos Especiales ya son por sí mismos impuestos de naturaleza indirecta y su origen y funcionamiento no busca otro fin que gravar determinados consumos.

En cambio, el planteamiento para Aduanas es distinto. Si bien es cierto que también existe tributación dentro de este ámbito en forma de aranceles, no es menos cierto que el origen de éstos se da sólo en determinadas operaciones, y no en todas aquellas que se pueden realizar dentro del mundo aduanero. En otras palabras: en el mundo aduanero existen múltiples operativas que son necesarias conocer, pero sólo algunas de ellas originan aranceles.

En este sentido, en el apartado de Aduanas se analizan todos los procedimientos y regímenes aduaneros, para que el lector tenga una base sólida sobre sus características, funcionamiento y utilidad. Pero donde se hace más hincapié es en el análisis tributario de los aranceles, tanto en la determinación del origen de la deuda aduanera, como el cálculo del valor en aduanas y la determinación del tipo arancelario, todo ellos aspectos de suma importancia desde el punto de vista tributario.

En segundo lugar, una vez establecido el carácter tributario de esta obra, destacamos que nos encontramos ante dos impuestos indirectos: Aranceles e Impuestos Especiales. Ambos persiguen la tributación de determinadas opera-ciones con bienes. Pero se da la circunstancia de que las operaciones que originan el devengo de estos impuestos pueden ser las mismas. Es decir, que para una misma operación, se pueden devengar tanto Aranceles como Impuestos Especiales. Evidentemente que en este análisis faltaría un tercer impuesto indi-

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recto que se uniría a los dos anteriores en cuanto a que grava las mismas opera-ciones, como es el Impuesto sobre el Valor Añadido. Pero también es cierto que se escapa del análisis de esta obra incluir un impuesto tan extenso y complejo como es el IVA.

Y ya que los Aranceles y los Impuestos Especiales pueden compartir hechos imponibles u operaciones por las que...

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