Asunto C-276/08: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 13 de octubre de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal administratif — Luxemburgo) — Miloud Rimoumi, Gabrielle Suzanne Marie Prick/Ministre des Affaires étrangères et de l'Immigration

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Motivos y principales alegaciones

El plazo para la adaptación del Derecho interno a la Directiva 2005/36/CE expiró el 20 de octubre de 2007.

(1) DO L 255 de 30.9.2005.

Recurso interpuesto el 30 de octubre de 2008 2014 Comisión de las Comunidades Europeas/República de Chipre

(Asunto C-466/08)

(2008/C 327/36)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: M. Karanasu-Apostolopulu y H. Stølbæk)

Demandada: República de Chipre

Pretensiones de la parte demandante

2014 Que se declare que la República de Chipre ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2005/36/CE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva o, en cualquier caso, al no haber comunicado tales disposiciones a la Comisión.

2014 Que se condene en costas a la República de Chipre.

Motivos y principales alegaciones

El plazo para la adaptación del Derecho interno a la Directiva 2005/36/CE expiró el 20 de octubre de 2007.

(1) DO L 255 de 30.9.2005.

Petición de decisión prejudicial planteada por el Augst0101k0101s tiesas Sen0101ts (República de Letonia) el 23 de octubre de 2008 2014 Alstom Power Hydro/Valsts ie01460113mumu dienests

(Asunto C-472/08)

(2008/C 327/37)

Lengua de procedimiento: letón

Órgano jurisdiccional remitente

Augst0101k0101s tiesas Sen0101ts

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Alstom Power Hydro

Demandada: Valsts ie01460113mumu dienests

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 18, apartado 4, de la Directiva 77/388/CEE del Consejo (1), de 17 de mayo de 1977, en el sentido de que se opone al establecimiento en una normativa nacional (omissis) de un plazo de caducidad de tres años para el...

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