Asunto T-374/06: Auto del Tribunal de Primera Instancia de 8 de septiembre de 2008 — Rath/OAMI — Grandel (Epican) (Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa Epican — Marca comunitaria denominativa anterior EPIGRAN — Motivo relativo de denegación — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 40/94 — Recurso que carece manifiestamente de todo fundamento jurídico)
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Auto del Tribunal de Primera Instancia de 8 de septiembre de 2008 - Rath/OAMI - Grandel (Epican)
(Asunto T-374/06) (1)
(Marca comunitaria - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca comunitaria denominativa Epican - Marca comunitaria denominativa anterior EPIGRAN - Motivo relativo de denegación - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 40/94 - Recurso que carece manifiestamente de todo fundamento jurídico)
(2008/C 285/75)
Lengua de procedimiento: alemán
Auto del Tribunal de Primera Instancia de 10 de septiembre de 2008 - Serviço Intermunicipalizado de Gestão de
Resíduos do Grande Porto (Lipor)/Comisión
(Asunto T-26/07) (1)
(«Recurso de anulación - Fondo de cohesión - Reglamento (CE) no 1164/94 - Reducción de una ayuda financiera -
Inexistencia de afectación directa - Inadmisibilidad»)
(2008/C 285/76)
Lengua de procedimiento: portugués
Partes
Demandante: Matthias Rath (El Cabo, Sudáfrica) (representantes: S. Ziegler, C. Kleiner y F. Dehn, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: G. Schneider, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI, que interviene ante el Tribunal de Primera Instancia: Dr. Grandel GmbH (Augsburg, Alemania) (representante: G. Hodapp, abogado)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 5 de octubre de 2006 (asunto R 1324/2005-1) relativa a un procedimiento de oposición entre Dr. Grandel GmbH y Matthias Rath.
Fallo
1) Desestimar el recurso por carecer manifiestamente de todo fundamento jurídico.
2) Matthias Rath cargará con sus propias costas y con las de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) y Dr...
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