Asunto T-348/08: Recurso interpuesto el 26 de agosto de 2008 — Aragonesas Industria y Energía, S.A./Comisión

SectionAnuncios

- En una aplicación errónea de la jurisprudencia en lo relativo al ejercicio ilegal de funciones por el superior de la recurrente, al no haber sostenido ésta que sus informes de calificación estuvieran viciados por la ilegalidad del nombramiento de su superior, sino por la ocupación ilegal de un puesto que la recurrente podría haber ocupado y por el interés personal de sus superiores (apartado 42 del auto recurrido).

(1) Reglamento (CE, Euratom) no 723/2004 del Consejo, de 22 de marzo de 2004, por el que se modifica el Estatuto de los Funcionarios de las Comunidades Europeas y el régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas (DO L 124, p. 1).

Recurso interpuesto el 19 de agosto de 2008 - Arkema France/Comisión

(Asunto T-343/08)

(2008/C 285/81)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Arkema France (Colombes, Francia) (representantes: A. Winckler, S. Sorinas Jimeno y H. Kanellopoulos, abogados)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

- Que se anule, con arreglo al artículo 230 CE, la Decisión adoptada por la Comisión de las Comunidades Europeas el 11 de junio de 2008 en el asunto COMP/38.695 en la medida en que se refiere a Arkema.

- Con carácter subsidiario, que se anule o reduzca, con arreglo al artículo 229 CE, el importe de la multa que se le impuso mediante dicha Decisión.

- Que se condene a la Comisión de las Comunidades Europeas al pago de la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

Mediante el presente recurso, la demandante solicita la anulación parcial de la Decisión de la Comisión C(2008) 2626 final, de 11 de junio de 2008, en el asunto COMP/38.695 - Clorato de sodio, mediante la cual la Comisión declaró que determinadas empresas, entre ellas la demandante, habían infringido el artículo 81 CE, apartado 1, y el artículo 53, apartado 1, del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, al repartir volú-

menes de ventas, fijar precios, intercambiar información sensible desde el punto de vista comercial sobre precios y volúmenes de ventas y supervisar la ejecución de estos acuerdos contrarios a la competencia en el mercado del clorato de sodio en el Espacio Económico Europeo.

En apoyo de su recurso, la demandante invoca cuatro motivos, basados en:

- La vulneración de las normas relativas a la imputabilidad de las infracciones cometidas por una filial a su sociedad matriz, en la medida en que la Comisión incurrió en errores de hecho al afirmar que...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT