Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001
Section | Informaciones |
INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS
Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001
(2007/C 307/13)
Ayuda no: XA 157/07
Estado miembro: República de Eslovenia
Región: Območje občine Postojna
Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Drzavna pomoč za pospesevanje razvoja kmetijstva in gozdarstva v občini Postojna v obdobju 2007-2013
Base jurídica: Pravilnik o dodeljevanju drzavnih pomoči za pospesevanje razvoja kmetijstva in gozdarstva v občini Postojna v obdobju 2007-2013 (Poglavje II.)
Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria:
2007: 73 541 EUR
2008: 75 085 EUR
2009: 76 662 EUR
2010: 78 272 EUR
2011: 79 916 EUR
2012: 81 594 EUR
2013: 83 307 EUR
Intensidad máxima de la ayuda:
-
Inversiones en explotaciones agrarias dedicadas a la producción primaria:
- hasta el 50 % de los costes subvencionables en las zonas desfavorecidas o el 40 % en las demás regiones.
Las ayudas están destinadas a las inversiones en rehabilitación de explotaciones y pastos, y a la compra de equipamiento para la producción agrícola.
-
Conservación de paisajes y edificios tradicionales:
- hasta el 100 % de los costes reales en las instalaciones sin finalidad productiva,
- hasta el 60 %, o el 75 % en las zonas desfavorecidas, en las instalaciones con finalidad productiva, siempre y cuando la inversión no entrañe ningún aumento de la capacidad de producción de la explotación,
- podrán concederse ayudas complementarias que cubran hasta el 100 % de los gastos suplementarios que genere la utilización de los materiales tradicionales necesarios para mantener las características patrimoniales del edificio.
-
Traslado de edificios agrarios por interés público:
- hasta el 100 % de los costes reales, cuando el traslado consista sencillamente en desmantelar, retirar y erigir de nuevo las instalaciones existentes,
- cuando, como consecuencia del traslado, el agricultor pase a disfrutar de unas instalaciones más modernas, este deberá aportar al menos el 60 %, o el 50 % en las zonas desfavorecidas, del incremento de valor de las instalaciones en cuestión después del traslado. Si el beneficiario es un joven agricultor, dicha aportación será, como mínimo, del 55 % y el 45 %, respectivamente,
- cuando, como consecuencia del traslado, se produzca un aumento de la capacidad de producción, la aportación del beneficiario será como mínimo equivalente al 60 %, o el 50 % en las zonas desfavorecidas, de los gastos relacionados con ese aumento. Si el beneficiario es un joven agricultor, dicha aportación será, como mínimo, del 55 % y el 45 %, respectivamente.
-
Ayudas para concentración parcelaria (correspondientes a la compra e intercambio de parcelas de suelo agrícola):
- hasta el 100 % de los costes reales derivados de los gastos legales y administrativos.
-
Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad:
- ayudas en especie de hasta el 100 % de los costes que se conceden mediante servicios subvencionados y que no podrán consistir en pagos directos en efectivo a los productores.
-
Asistencia técnica al sector agrario:
- ayudas de hasta el 70 % concedidas en especie mediante servicios subvencionados correspondientes a: la educación y formación de agricultores; los servicios de asesoría; la organización de foros, concursos, exposiciones y ferias; publicaciones, catálogos, páginas Web y la divulgación de conocimientos científicos. La ayuda no podrá consistir en pagos directos en efectivo a los productores.
Fecha de aplicación: Julio de 2007 (o a partir del día de entrada en vigor del reglamento).
Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013.
Objetivo: Ayuda a las PYME (pequeñas y medianas empresas).
Mención de los artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión y gastos subvencionables: El capítulo II de la propuesta Reglamento relativo a la concesión de ayudas estatales destinadas a acelerar el desarrollo de la agricultura y silvicultura en el municipio de Postojna para el periodo 2007-2013 incluye medidas que constituyen ayuda estatal de conformidad con los siguientes artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas, y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 3):
- artículo 4: Inversiones en explotaciones agrarias,
- artículo 5: Conservación de paisajes y edificios tradicionales,
- artículo 6: Traslado de edificios agrarios por interés público,
- artículo 13: Ayudas para concentración parcelaria,
- artículo 14: Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad,
- artículo 15: Asistencia técnica al sector agrario.
Sector o sectores económicos afectados: Agricultura Kmetijstvo: Subsectores: ganado bovino y ovino, y apicultura.
Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda:
Občina Postojna Ljubljanska cesta 4 SLO-6230 Postojna
Dirección web:
http://www.uradni-list.si/1/ulonline.jsp?urlid=200760&dhid=90453
Información adicional: El reglamento del municipio cumple los requisitos del Reglamento (CE) no 1857/2006, que se refieren a las medidas que tomará el municipio, así como las disposiciones comunes establecidas (condiciones previas a la concesión de la ayuda, concurrencia de ayudas, transparencia y control de éstas).
Firma de la persona responsable:
Jernej Verbič Alcalde
Ayuda no: XA 158/07
Estado miembro: República de Eslovenia
Región: Območje občine Kranjska Gora
Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Podpore programom razvoja kmetijstva in razvoja podezelja v občini Kranjska Gora 2007-2013
Base jurídica: Pravilnik o dodelitvi pomoči za ohranjanje in razvoj kmetijstva, gozdarstva in podezelja v občini Kranjska Gora (Poglavje II.)
Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria:
2007: 49 449,00 EUR
2008: 50 437,98 EUR
2009: 51 446,73 EUR
2010: 52 475,66 EUR
2011: 53 525,17 EUR
2012: 54 595,67 EUR
2013: 55 709,42 EUR
Intensidad máxima de la ayuda:
-
Inversiones en explotaciones...
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