Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 8, apartado 2, del Reglamento (CE) no 509/2006 del Consejo sobre las especialidades tradicionales garantizadas de los productos agrícolas y alimenticios

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COMISIÓN

Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 8, apartado 2, del Reglamento (CE) no 509/2006 del Consejo sobre las especialidades tradicionales garantizadas de los productos agrícolas y alimenticios

(2007/C 265/15)

Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo al artículo 9 del Reglamento (CE) no 509/2006 del Consejo (1). Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación.

SOLICITUD DE REGISTRO DE UNA ETG

REGLAMENTO (CE) No 509/2006 DEL CONSEJO

TRÓJNIAK

No CE: PL/TSG/007/0033/06.09.2005

  1. Nombre y dirección de la agrupación solicitante

    Nombre: Krajowa Rada Winiarstwa i Miodosytnictwa przy Stowarzyszeniu Naukowo -

    Technicznym Inżynierów i Techników Przemyslu Spożywczego

    Dirección: ul. Czackiego 3/6, PL-00-043 Warszawa

    Teléfono: (48-22) 828 27 21

    Correo electrónico: krwim@sitspoz.pl

  2. Estado miembro o tercer país

    Polonia

  3. Pliego de condiciones del producto

    3.1. Nombre que debe registrarse

    Trójniak

    En el proceso de comercialización la etiqueta puede incluir la información siguiente: «hidromiel producido siguiendo la ancestral tradición polaca». Esta información puede traducirse a las demás lenguas oficiales.

    3.2. Indíquese si el nombre:

    Es específico por sí mismo.

    Expresa la característica específica del producto agrícola o alimenticio.

    (1) DO L 93 de 31.3.2006, p. 1.

    El nombre «Trójniak» se deriva del número «3» («trzy» en polaco) y tiene que ver directamente con la fijación de la composición histórica y los métodos de elaboración de este producto: una proporción fija de agua y miel, una parte de miel y dos de agua. Por tanto, el nombre explica el carácter específico del producto. Dado que el término trójniak es un vocablo que se usa exclusivamente para designar este tipo específico de hidromiel, también hay que considerar que el propio nombre es en sí mismo específico.

    3.3. Indíquese si se solicita la reserva del nombre de acuerdo con el artículo 13, apartado 2, del Reglamento (CE) no 509/2006 Registro con reserva de nombre

    Registro sin reserva de nombre

    3.4. Tipo de producto

    Categoría 1.8 - Diversos productos enumerados en el anexo I

    3.5. Descripción del producto agrícola o alimenticio que lleva el nombre indicado en el punto 3.1

    El trójniak es un hidromiel, una bebida transparente obtenida por fermentación del mosto de miel y que se distingue por un aroma a miel y un sabor característicos de la materia prima empleada.

    El trójniak puede caracterizarse por un sabor potenciado por el gusto específico de las especias utilizadas. Su color puede variar entre un dorado claro y un ámbar oscuro, dependiendo de la variedad de la miel de abeja empleada en su elaboración.

    Características fisicoquímicas del hidromiel trójniak:

    - grado alcohólico entre un 12 % y un 15 % vol.,

    - azúcares reductores tras inversión entre 65 y 120 g/l,

    - acidez total, expresada en gramos de ácido málico, comprendida entre 3,5 y 8 g/l,

    - acidez volátil, expresada en gramos de ácido acético, inferior o igual a 1,4 g/l,

    - cantidad total de azúcar expresada en gramos que, tras ser adicionada al grado alcohométrico (en % vol.) adquirido multiplicado por 18, equivale a un valor superior o igual a 323 g.,

    - extracto no reductor superior o igual a:

    - 20 g/l,

    - 25 g/l, en el caso de hidromiel de frutas;

    - cantidad de ceniza: superior o igual a 1,3 g/l., en el caso de hidromiel de frutas.

    Queda prohibida la utilización de...

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