Asunto T-114/07: Recurso interpuesto el 13 de abril de 2007 — Last Minute Network/OAMI — Last Minute Tour (LAST MINUTE TOUR)

SectionDictámenes

Recurso interpuesto el 17 de abril de 2007 - Hitachi y otros/Comisión

(Asunto T-112/07)

(2007/C 129/38)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Hitachi Ltd (Tokyo, Japón), Hitachi Europe Ltd (Maidenhead, Reino Unido), Japan AE Power Systems Corp. (Tokyo, Japón) (representantes: M. Reynolds, P. Mansfield y D. Arts, abogados)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de las partes demandantes

Las demandantes solicitan al Tribunal de Primera Instancia que:

- Anule la Decisión impugnada en la medida en que afecta a cada una de ellas.

- En consecuencia, revoque las multas impuestas a cada una de las demandantes.

- Subsidiariamente, anule el artículo 2 de la Decisión impugnada en la medida en que afecta a cada una de ellas o, al menos, revoque o reduzca las multas que les han sido impuestas.

- Imponga a la Comisión el pago de las costas.

Motivos y principales alegaciones

Las demandantes promovieron un recurso de anulación, con arreglo a los artículos 225 CE y 230 CE, de la Decisión de la Comisión de 24 de enero de 2007 (asunto COMP/F/38.899 - Equipos de conmutación con aislamiento por gas- C (2006) 6762 final), en cuya virtud la Comisión declaró que las demandantes, entre otras empresas, habían infringido el artículo 81 CE y el artículo 53 EEE en el sector de los equipos de conmutación con aislamiento por gas (en lo sucesivo, «ECAG»), mediante algunos acuerdos que estipulan a) distribución de mercados, b) asignación de cupos y mantenimiento de las respectivas cuotas de mercado, c) asignación de proyectos de ECAG individuales (falseamiento de las licitaciones) a productores designados y manipulación del procedimiento de licitación para tales proyectos, d) fijación de precios, e) acuerdos para terminar convenios de licencia con elementos que no participan en la práctica colusoria y f) intercambios de información de mercado sensible, y mediante prácticas concertadas consistentes en tales extremos. Con carácter subsidiario, sobre la base del artículo 31 del Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo (1), las demandantes solicitan que se supriman o se reduzcan las multas impuestas a cada una de ellas.

Los motivos que invocan las demandantes pueden resumirse del siguiente modo. Alegan que la Comisión ha infringido las reglas fundamentales sobre protección del derecho de defensa, el artículo 2 del Reglamento 1/2003 y el artículo 81 CE, y ha violado los principios generales de Derecho comunitario con respecto a los siguientes...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT