Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

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INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS

Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

(2008/C 43/03)

Ayuda no: XA 228/07

Estado miembro: Francia

Regiones: todas, ya que podrán financiar estas acciones todos los entes territoriales que lo deseen (Consejos Regionales, Consejos Generales)

Denominación del régimen de ayudas: Aides à la promotion des produits animaux et des produits d'origine animale

Base jurídica:

- Article 15, paragraphe 2, du règlement (CE) no 1857/2006 d'exemption agricole

- Article L 621-1 et suivants du code rural

- Articles L 1511-1 et suivants du code général des collectivités territoriales

Gasto anual previsto en virtud del régimen de ayuda: 4 millones EUR, supeditados a las dotaciones presupuestarias, por parte de la Oficina Nacional Interprofesional de Ganadería y Productos Ganaderos («Office national interprofessionnel de l'élevage et de ses productions»), y una cuantía indeterminada a cargo de los entes territoriales

Intensidad máxima de las ayudas: La ayuda podrá alcanzar el 100 % para las acciones a que se refieren las letras c) a f) del artículo 15, apartado 2, mencionado. En cualquier caso, las ayudas no rebasarán nunca el 100 % de las acciones subvencionadas

Fecha de aplicación: 1 de enero de 2008

Duración del régimen de ayudas: Seis años (2008-2013)

Objetivo de la ayuda: Favorecer las acciones de promoción e información sobre los productos, difundir conocimientos sobre los productos ganaderos, divulgar conocimientos científicos, facilitar campañas de información sobre sistemas de producción de calidad, permitir la organización de ferias comerciales, exposiciones, salones, foros, favorecer la participación de los profesionales en estos actos y realizar actividades de relaciones públicas o similares.

Pueden acogerse a ayuda las acciones incluidas en el ámbito de aplicación del artículo 15, apartado 2, del Reglamento de exen-

ción agrícola [Reglamento (CE) no 1857/2006], mencionadas asimismo en el capítulo IV K de las Directrices agrícolas de 27 de diciembre de 2006 y en el punto 152, letra b), de las Directrices agrícolas

Sector(es) afectado(s): PYME del sector de la ganadería y de la elaboración de productos de origen animal

Nombre y dirección de la autoridad competente:

Office national interprofessionnel de l'élevage et de ses productions 12, rue Henri Rol-Tanguy TSA 30003 F-93555 Montreuil Sous Bois Cedex

Dirección web:

www.office-elevage.fr/aides-nat/aides-nat.htm

La información específica sobre este régimen de ayudas se publicará en esta página de Internet cuando entre en vigor (enero de 2008), en el apartado Información/Ayudas nacionales.

Información adicional: Los entes territoriales velarán por el cumplimiento del límite máximo que prevé el artículo 15 del Reglamento (CE) no 1857/2006, en que se ampara el presente régimen. Por consiguiente, cuando intervengan para completar la financiación de la Oficina de Ganadería, deberán comprobar el cálculo de la acumulación de estas ayudas con la ayuda de las Direcciones Departamentales de Agricultura y Bosques

Ayuda no: XA 229/07

Estado miembro: Reino Unido

Región: Great Britain (England, Scotland and Wales)

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual:

Dairy Farmer Milk Market Development Scheme

Base jurídica: Milk Development Council Order 1995

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 15 de septiembre de 2007-31 de marzo de 2008: 300 000 GBP

Intensidad máxima de la ayuda: 50 %

Fecha de aplicación: El régimen entrará en vigor el 15 de septiembre de 2007

Duración: El régimen entrará en vigor el 15 de septiembre de 2007 y se clausurará el 31 de marzo de 2008. Los últimos pagos se efectuarán el 30 de septiembre de 2008. Las facturas correspondientes a los servicios deberán enviarse antes del 31 de diciembre de 2008

Objetivo: Esta ayuda se ajusta a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento (CE) no 1857/2006. Los costes subvencionables serán los siguientes:

1) alquiler de...

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