Asunto C-435/06: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 27 de noviembre de 2007 (petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus — Finlandia) — C (Cooperación judicial en materia civil — Competencia, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental — Reglamento (CE) no 2201/2003 — Ámbito de aplicación material y temporal — Concepto de «materias civiles» — Decisión relativa a la guarda de menores y a su acogimiento fuera del domicilio familiar — Medidas de protección de menores regidas por el Derecho público)

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Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 27 de noviembre de 2007 (petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus - Finlandia) - C

(Asunto C-435/06) (1)

(Cooperación judicial en materia civil - Competencia, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental - Reglamento (CE) no 2201/2003 - Ámbito de aplicación material y temporal - Concepto de «materias civiles» - Decisión relativa a la guarda de menores y a su acogimiento fuera del domicilio familiar - Medidas de protección de menores regidas por el Derecho público)

(2008/C 22/20)

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Korkein hallinto-oikeus

Partes en el procedimiento principal

Demandante: C

Objeto

Petición de decisión prejudicial - Korkein hallinto-oikeus - Interpretación de los artículos 1, apartados 1, letra b), y 2, letra d), y 64 del Reglamento (CE) no 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1347/2000 (DO L 338, p. 1) - Ámbito de aplicación material - Reconocimiento y ejecución de una decisión administrativa, confirmada por una resolución judicial, relativa a la guarda de un menor fuera del domicilio de su familia biológica - Normas de derecho público relativas a la protección de menores

Fallo

1) El artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) no 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1347/2000, en su versión modificada por el Reglamento (CE) no 2116/2004 del Consejo, de 2 de diciembre de 2004, debe interpretarse en el sentido de que está comprendida dentro del concepto de «materias civiles», en el sentido de esta disposición, una resolución por la que, en unidad de acto, se decide asumir la guarda inmediata de un menor y ordenar su acogimiento fuera del domicilio de su familia de origen, en una familia de acogida, cuando dicha resolución ha sido adoptada en el marco de las normas de Derecho público relativas a la protección de menores.

2) El Reglamento no 2201/2003, en su versión modificada por el Reglamento no 2116/2004, debe interpretarse en el sentido de que una normativa nacional...

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