Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001
Section | Informaciones |
Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001
(2008/C 2/03)
Ayuda no: XA 201/07
Estado miembro: Italia
Región: Provincia autonoma di Bolzano
Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Criteri e modalità per la concessione di contributi per il primo insediamento di giovani agricoltori
Base jurídica: Articolo 4, comma 1, lett. r), della legge provinciale 14 dicembre 1998, n. 11, e successive modifiche
Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Gasto anual del régimen de ayuda: 3 000 000 EUR.
Intensidad máxima de la ayuda: 30 000 EUR por beneficiario
Fecha de aplicación: 6 de agosto de 2007.
Duración del régimen o de la ayuda individual: 31 de diciembre de 2013.
Objetivo de la ayuda: Instalación de jóvenes agricultores según lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1857/2006.
Sector o sectores beneficiarios: Cultivo de hortalizas, cultivo de uvas, cultivo de manzanas y frutas con hueso.
Cría de ganado vacuno para leche, de otro ganado vacuno, de caballos, de ovejas y cabras, de suidos/ganado porcino, y de aves.
Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:
Provincia autonoma di Bolzano Ripartizione provinciale agricoltura via Brennero, 6 I-39100 Bolzano
Sitio web:
www.provincia.bz.it/agricoltura/Agevolazioni/Premio per il primo insediamento
Dr Martin Pazeller
El Director del Departamento
Ayuda no: XA 204/07
Estado miembro: República de Eslovenia
Región: Municipio de Vrhnika
Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de la ayuda individual: Programi
ohranjanja in razvoja kmetijstva in podezelja v Občini Vrhnika 2007-2013
Base jurídica: Pravilnik o dodeljevanju pomoči za ohranjanje in razvoj kmetijstva ter podezelja v občini Vrhnika (II. poglavje)
Gasto anual previsto en virtud del régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria:
2007: 35 470 EUR
2008: 36 400 EUR
2009: 37 300 EUR
2010: 38 200 EUR
2011: 39 200 EUR
2012: 40 200 EUR
2013: 41 200 EUR
Intensidad máxima de la ayuda:
-
Inversiones en explotaciones agrarias dedicadas a la producción primaria:
- hasta el 50 % de los costes subvencionables para inversiones en zonas desfavorecidas,
- hasta el 40 % de los costes subvencionables para inversiones en las demás regiones,
- hasta el 60 % de los costes subvencionables para inversiones en zonas desfavorecidas, y hasta el 50 % en las demás regiones, cuando las inversiones las realizan jóvenes agricultores en los cinco años siguientes a su instalación.
La ayuda se destinará a las inversiones en rehabilitación de instalaciones, a la adquisición de equipamiento para la producción agrícola, a las inversiones en cultivos permanentes y a la mejora de tierras agrícolas y pastos.
-
Conservación de paisajes y edificios tradicionales:
- aspectos patrimoniales sin finalidad productiva, hasta el
100 % de los costes reales,
- para inversiones en medios de producción agrícola hasta el 75 % de los costes reales en zonas desfavorecidas o el 60 % en otras zonas, siempre que la inversión no conduzca a un aumento de la capacidad de producción de la explotación,
- se concederá una ayuda de hasta 10 000 EUR anuales para las obras realizadas por el propio agricultor como inversión en aspectos patrimoniales sin finalidad productiva.
-
Traslado de edificios agrarios por interés público:
- hasta el 100 % de los costes reales, siempre que el traslado consista sencillamente en desmantelar, retirar y erigir de nuevo las instalaciones existentes,
- cuando, como consecuencia del traslado, el agricultor pase a disfrutar de unas instalaciones más modernas, éste deberá aportar al menos el 60 %, o el 50 % en las zonas desfavorecidas, del incremento del valor de las instalaciones en cuestión después del traslado; si el beneficiario es un joven agricultor esta contribución será al menos del 55 % o del 45 %, respectivamente,
- cuando, como consecuencia del traslado, se produzca un aumento de la capacidad de producción, el agricultor deberá aportar al menos el 60 %, o el 50 % en las zonas desfavorecidas, de los gastos relacionados con ese aumento; si el beneficiario es un joven agricultor, esta contribución será al menos del...
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