Resumen de la Decisión de la Comisión, de 27 de noviembre de 2013, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 101 del TFUE (Asunto AT.39633 — Camarones) [notificada con el número C(2013) 8286]

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17.12.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 453/16

El 27 de noviembre de 2013, la Comisión adoptó una Decisión relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento del Consejo no 1/2003 (1) , la Comisión publica por la presente los nombres de las partes y el contenido principal de la Decisión, incluidas las sanciones impuestas, teniendo en cuenta el legítimo interés de las empresas en cuanto a la protección de sus secretos comerciales. Se puede encontrar una versión no confidencial de la Decisión en el sitio web de la Dirección General de Competencia en la siguiente dirección: http://ec.europa.eu/competition/antitrust/cases/

(1) La Decisión impone multas a cuatro comerciantes de camarones del Mar del Norte (Heiploeg, Klaas Puul y Kok Seafood de los Países Bajos y Stührk de Alemania) por infringir el artículo 101 del TFUE.

(2) En el período comprendido entre junio de 2000 y enero de 2009, Heiploeg y Klaas Puul participaron en un acuerdo para fijar precios y repartirse volúmenes de ventas de camarones del Mar del Norte en la UE y, en particular, en Bélgica, Francia, Alemania y los Países Bajos. Kok Seafood participó al menos a partir de febrero de 2005 y Stührk estuvo involucrada en la fijación de precios en Alemania en el período comprendido entre marzo de 2003 y noviembre de 2007.

(3) El procedimiento se incoó tras una solicitud de dispensa presentada por Klaas Puul. La Comisión obtuvo otras pruebas en inspecciones efectuadas en marzo de 2009 en Bélgica, los Países Bajos, Alemania y Dinamarca. Además, la Comisión envió varias solicitudes de información a todas las empresas implicadas en estos acuerdos anticompetitivos.

(4) El pliego de cargos se emitió el 12 de julio de 2012 tras lo cual se permitió a todas las empresas interesadas acceder al expediente y defenderse frente al dictamen preliminar de la Comisión, tanto por escrito como verbalmente en una audiencia celebrada el 7 de febrero de 2013.

(5) El Comité Consultivo en materia de Prácticas Restrictivas y Posiciones Dominantes emitió un dictamen favorable los días 14 y 25 de noviembre de 2013, el Consejero Auditor presentó su informe definitivo el 25 de noviembre de 2013 y la Comisión adoptó la Decisión el 27 de noviembre de 2013.

(6) La Decisión se refiere a una infracción única y continuada del artículo 101 del TFUE. La infracción consistía en fijar precios...

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