Reglamento de Ejecución (UE) 2015/662 de la Comisión, de 28 de abril de 2015, relativo a la autorización de la L-carnitina y del L-tartrato de L-carnitina como aditivos en piensos para todas las especies animales

Enforcement date:May 19, 2015
SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión Europea

29.4.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 110/5

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1831/2003 establece la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización. El artículo 10 de ese Reglamento contempla el reexamen de los aditivos autorizados con arreglo a la Directiva 70/524/CEE del Consejo (2).

(2) La L-carnitina y el L-tartrato de L-carnitina fueron autorizados sin límite de tiempo, conforme a la Directiva 70/524/CEE, como aditivos en piensos para todas las especies animales. Posteriormente, estos productos se incluyeron en el Registro de aditivos para alimentación animal como productos existentes, de conformidad con el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1831/2003.

(3) De conformidad con el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1831/2003, leído en relación con su artículo 7, se presentaron dos solicitudes de reexamen de la L-carnitina y sus preparados y de L-tartrato de L-carnitina como aditivos en piensos para todas las especies animales y, conforme al artículo 7 de dicho Reglamento, para un nuevo uso con el agua de beber. Los solicitantes pidieron que dichos aditivos se clasificaran en la categoría de «aditivos nutricionales». Dichas solicitudes iban acompañadas de la información y la documentación exigidas con arreglo al artículo 7, apartado 3, del citado Reglamento.

(4) La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad»), en su dictamen de 24 de abril de 2012 (3), concluyó que, en las condiciones de uso propuestas en los piensos y con el agua de beber, la L-carnitina y el L-tartrato de L-carnitina no tienen efectos adversos para la salud animal, la salud humana ni el medio ambiente. La Autoridad llegó a la conclusión de que la L-carnitina y el L-tartrato de L-carnitina son fuentes eficaces de L-carnitina. Asimismo, la Autoridad llegó a la conclusión de que no tiene por qué haber problemas de seguridad para los usuarios. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. La Autoridad verificó también el informe sobre el método de análisis de los...

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